Redacción El País
En este domingo hay 2.721.120 ciudadanos habilitados a votar en 7.225 circuitos que tendrán que optar entre las fórmulas conformadas por Yamandú Ramón Orsi Martínez (57 años) y Ana Carolina Cosse Garrido (62 años) por el Frente Amplio, y Álvaro Luis Delgado Ceretta (55) y Shirley Valeria Ripoll Fraga (42). Las cifras mencionadas suponen que hay 27.243 votantes más que en la segunda vuelta de 2019, cuando los habilitados a votar fueron 2.699.877. Montevideo es, obviamente, el departamento con más habilitados para sufragar, con 1.025.544; y Flores el que tiene menos, con 22.692.
Esta segunda vuelta de las elecciones se realiza porque el artículo 151 de la Constitución establece que “el Presidente y el Vicepresidente de la República serán elegidos conjunta y directamente por el Cuerpo Electoral por mayoría absoluta de votantes”. En la primera vuelta del pasado 27 de octubre ninguno de los postulantes obtuvo esa mayoría requerida.
José Garchitorena, ministro de la Corte Electoral, dijo a El País que todo está organizado igual que para la primera vuelta del 27 de octubre y que el plan circuital es prácticamente el mismo que para esa ocasión, aunque al elector siempre le conviene chequear a qué mesa debe concurrir consultando la web de la Corte Electoral. Se vota hasta las 19.30 horas, aunque se puede extender ese horario si hubiese personas haciendo cola al momento del cierre del circuito.
Los electores deben saber que para poder sufragar deben haberse inscripto en el Registro Cívico Nacional con anterioridad al 1° de abril y tener 18 años este domingo.
Si la persona no cuenta con su credencial porque la perdió, se puede igualmente concurrir a votar con la cédula de identidad. Se dispone de dos minutos para votar. Si pasó ese lapso y la persona no salió del cuarto secreto el presidente de la mesa debe acercarse hasta la puerta y llamarla.
Las justificaciones
Muchos se preguntan qué consecuencias reales puede acarrear no cumplir con la obligatoriedad de votar que establece la ley. Lo primero a tener en cuenta es que se puede justificar el incumplimiento por enfermedad, invalidez o imposibilidad física, estar ausente del país el día del acto o por razones de fuerza mayor. Las personas habilitadas que no votaron y no pueden justificarlo, deberán pagar $ 1.740 de multa. Pero la multa es más alta para los funcionarios públicos o los profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República: se ubica en $ 3.480.
La Corte Electoral confeccionará después de cada elección nacional, la nómina de las personas con inscripción vigente que no hayan votado en las dos elecciones nacionales inmediatas anteriores.
Del 26 de noviembre al 26 de diciembre hay plazo para presentar la justificación de la no emisión del voto. Este martes 26 comenzará el escrutinio departamental y el 27 de enero del año próximo vence el plazo para la presentación de la rendición de cuentas de los gastos de las respectivas campañas partidarias.
Por otro lado, el 24 de febrero de 2025 vence el plazo para la presentación del complemento de la rendición de cuentas de los candidatos para la segunda vuelta de este domingo.
Las Comisiones Receptoras se compondrán de tres miembros titulares y de tres suplentes, como estableció la ley 7.812 de 1925 que todavía hoy, en gran medida, continúa regulando todo lo atinente a los procesos electorales en Uruguay.
Las garantías
En una resolución adoptada el pasado 19 de noviembre, la Corte Electoral estableció que “no puede estorbarse el tránsito de los votantes, molestárseles en el ejercicio de la votación ni provocarse desórdenes tumultos o agresiones que perjudiquen el desarrollo regular del acto electoral”. La violación de estos preceptos constituye un delito electoral. Durante el horario de la votación, además, la entrega de las hojas de votación solo puede efectuarse a una distancia superior a los cien metros del local donde funcionen comisiones receptoras.
Durante el horario en que se realizará la elección, no podrán efectuarse espectáculos públicos en lugares abiertos o cerrados, ni manifestaciones o reuniones públicas de carácter político.
Desde las 19:30 horas de este sábado y hasta la clausura de la votación no se pueden expender bebidas alcohólicas.
Ninguna autoridad pública podrá intervenir por ningún motivo, en el funcionamiento de las Comisiones Receptoras de Votos. Esta prohibición no abarca el asesoramiento y asistencia que puedan proporcionar los funcionarios electorales.
“Queda igualmente prohibido a toda autoridad pública intervenir en el acto electoral para coartar, impedir o alterar la libertad de la votación, mediante la influencia de sus cargos o la utilización de los medios de que estuvieran provistas sus reparticiones”, dice la decisión del órgano electoral.
Las comisiones receptoras podrán sí permitir el ingreso al local de votación de invitados internacionales por la Corte Electoral, debidamente acreditados ante ella, siempre que no perturben el normal desarrollo de la votación y de los escrutinios. También se podrá autorizar la entrada de personas invitadas por los partidos políticos que deberán acreditar que lo son con un distintivo. Este les será entregado por el partido que los haya invitado.
Las resoluciones y procedimientos de los Comisiones Receptoras de Votos podrán ser observados en el acto por los delegados partidarios, dejándose las constancias correspondientes. Las reclamaciones podrán hacerse hasta el final de este lunes.
El tamaño de las hojas, los colores y las fotos
La reglamentación de la Corte Electoral es puntillosa y determina que las hojas de votación para las fórmulas presidenciales se imprimirán con tinta de color negro en papel de color blanco de 21 por 15 centímetros con una tolerancia de 1 centímetro, en más o en menos. Las hojas deben contener los nombres y las fotografías de los candidatos.
El presidente y la vice (en este caso) serán elegidos por mayoría simple de votos. Es decir, el que tenga más sufragios gana y no se requiere que los que reciba superen el 50% de los emitidos.
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