Redacción El País
La Ley de Urgente Consideración (LUC) aumentó las penas para el microtráfico de drogas, en especial por intentar entrar estupefacientes a las cárceles, por lo que se debe cumplir cuatro años de prisión. Dona Samer intentó ingresar a un penal 56 gramos de marihuana y, con 39 años y cuatro hijos a cargo, reveló que la sanción mínima establecida por la LUC para estos casos era, en algunas circunstancias, excesiva, porque la igualaba a la de narcos que traficaban toneladas de cocaína.
El caso de Dona llevó a la reflexión a autoridades, organismos internacionales, defensores, fiscales y jueces. Los magistrados encontraron entonces atajos jurídicos para adecuar el castigo a la gravedad del delito. El periplo derivó en el artículo 173 de la Rendición de Cuentas aprobada el martes por el Parlamento, que habilita la reducción de la condena a 16 meses de prisión para ciertos casos en los que se intenta entrar droga a cárceles.
El decreto ley N° 14.294, que tipifica delitos vinculados al narcotráfico, es de 1974, tres años después de que Richard Nixon, presidente de Estados Unidos, instalara la guerra contra las drogas también fuera de fronteras. En el marco de este paradigma, se sancionó en Uruguay con la misma pena a quienes intentan cometer un delito de drogas que a quienes lo cometen. Para el resto de los crímenes, la tentativa es sancionada con penas que van de un tercio a la mitad de la condena por efectivamente cometerlos. El artículo 173 de la Rendición revierte esa historia y habilita a los jueces a sancionar con un tercio de la pena a quienes intenten entrar droga a cárceles.
Había cuatro o cinco proyectos en el Parlamento para modificar la inflación penal que generó la LUC y que están pagando, en su mayoría, mujeres que llevan droga a las cárceles. El comisionado parlamentario para el sistema penitenciario, Juan Miguel Petit, considera que el artículo aprobado en la Rendición de Cuentas “es un pequeño gran paso, porque muestra cómo en un punto tan complejo como bajar la punitividad se logró no solo diálogo entre todas las bancadas, sino llegar a acuerdos”.
La encargada de la Dirección de la Defensoría Pública de Ejecución Penal, Sandra Pardias, recuerda que desde la difusión del caso de Samer (y de imputaciones similares), fiscales y jueces evitan aplicar los cuatro años de pena mínima para todos quienes intentan entrar estupefacientes a prisión. Para ello, apelan al artículo 37 de la ley de drogas, que establece que “el acto preparatorio será castigado con la tercera parte de la pena que correspondería por el delito consumado”. De todas maneras, la valoración sobre si intentar entrar droga a un penal es “un acto preparatorio” queda a criterio de magistrados. “Lo emblemático del caso de Dona modificó las cabezas, terminó cambiando la jurisprudencia y eso después se convierte en ley” en esta Rendición, dijo Pardias, que además defiende a Samer.
El fiscal de Montevideo de estupefacientes de tercer turno, Rodrigo Morosoli, coincide en que el artículo 173 de la Rendición de Cuentas “plasma indubitablemente una práctica jurisprudencial que se había desarrollado en los últimos años, que era imputar acto preparatorio”. Además, dijo a El País que “le permite al juez retomar un margen de maniobra para ponderar cada caso según su gravedad y entidad”.
Revisión de sanciones por ingreso de drogas a cárceles
El artículo 15 del Código Penal estipula que cuando se disminuye el castigo para delitos, como sucede en este caso, se puede modificar la pena “en cuanto no se hallare ésta fijada por sentencia ejecutoriada”, es decir, que no haya condena firme. Esto implica que el 1º de enero de 2024, cuando entre en vigencia la Rendición, quienes estén imputados por el intento de ingresar droga a cárceles podrán plantear la revisión de su sanción. En 2022, 57 mujeres fueron imputadas por incautarles estupefacientes en controles de recintos penitenciarios.
Sin embargo, este artículo del Código Penal, aprobado en 1933, habría sido derogado por el artículo 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, del año 1969, que habilitaría la revisión de penas incluso de quienes ya tienen condena. Más allá del efecto sobre los posibles imputados y penados hoy, que se resolverá caso a caso, Petit destaca que “se apuntó a mirar el horizonte, para corregir la fórmula de cuatro años de pena mínima”.
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