Yamandú Orsi salió a juntar firmas contra la LUC, pero se equivocó con un artículo

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Yamandú Orsi. Foto: Twitter Yamandú Orsi

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El intendente de Canelones hizo referencia al artículo 430, que es para “los arrendamientos sin garantía” y no para todos los alquileres.

Yamandú Orsi. Foto: Twitter Yamandú Orsi
Yamandú Orsi. Foto: Twitter Yamandú Orsi

El rol de los intendentes del Frente Amplio acerca de las firmas contra la LUC ha aumentado. De acuerdo a lo que informó recientemente El País, Carolina Cosse, Yamandú Orsi y Andrés Lima decidieron jugar un rol más activoy pedir apoyos para que se habilite la consulta popular. Incluso, recientemente, se les solicitó que manden un mensaje grabado convocando a la militancia a firmar.

En la recta final por conseguir las firmas necesarias para que se habilite un referéndum sobre la Ley de Urgente Consideración, Orsi, intendente de Canelones, salió a juntar firmas y lo publicó en su cuenta de Twitter.

En su mensaje, Orsi expresó que no cree que los uruguayos estén muy de acuerdo con “crear un sistema de alquileres en que a los buenos pagadores los pueden desalojar en 30 días”.

Varias respuestas indicaron que el desalojo es para arrendamientos sin garantía, y no para todos los casos. El artículo 430 de la LUC expresa que para los casos sin garantía “presentada la demanda de desalojo por vencimiento del plazo, la Sede verificará que el contrato de arrendamiento reúna los requisitos establecidos en el artículo 421 de la presente ley, para encontrarse comprendido dentro del ámbito de aplicación de la misma. Comprobado el cumplimiento de tales requisitos, el Juez decretará el desalojo del inmueble, con plazo de treinta días contados desde el día siguiente al de la notificación de la sentencia al arrendatario”.

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