Redacción El País
Las elecciones nacionales 2024 se llevan a cabo este domingo 27 de octubre, en la que se votará por fórmulas presidenciales, la composición del Parlamento y de las Juntas Electorales Departamentales, y dos plebiscitos.
En este sentido, la Corte Electoral dio a conocer a principios de setiembre qué local de votación le corresponde a cada elector en estos comicios, que puede diferir del de las elecciones de junio, pero será el mismo para una eventual segunda vuelta en noviembre.
Sin embargo, algunas personas pueden presentar problemas con su circuito para las elecciones y es que los que tienen una discapacidad motriz que le pudiera impedir ingresar al local con facilidad, deberán votar en otro circuito.
Cómo saber si mi circuito es accesible en las elecciones nacionales
Para conocer si el circuito asignado para estas elecciones de octubre —que también corre para el posible balotaje— es accesible, basta con buscarlo en la planilla del plan circuital del departamento en el que se vota, que se puede encontrar haciendo clic aquí. Para Montevideo, se encuentra disponible una lista exclusivamente con los circuitos accesibles.
Otro modo de conocerlo es ingresando al buscador del padrón de la Corte Electoral. Usando cualquiera de los dos filtros de búsqueda, se deben completar los campos requeridos y superar la verificación CAPTCHA —que busca confirmar que quien hace la solicitud es un humano— y presionar el botón "Consultar".
De esta manera, aparecerá el resultado de la búsqueda debajo, con los primeros y segundos nombres y apellidos de la persona, su número y serie de su credencial cívica. A la derecha, aparecerá un ícono de un ojo que, al presionarlo, mostrará cuál es el local de votación, el circuito de votación que se le asignó y si el lugar es accesible o no.
Qué hago si mi circuito de votación no es accesible en las elecciones de octubre 2024
En caso de que el elector sea una persona con discapacidad motora y requiera emitir su voto en una mesa electoral con accesibilidad, podrá votar en otro circuito que sí la tenga.
Cada una de estas personas "podrá sufragar, exhibiendo la credencial cívica, ante un circuito declarado accesible siempre y cuando este se encuentre dentro de la serie que le corresponde de acuerdo a su inscripción cívica vigente", explicó la Corte Electoral.
La ley N° 19790 da garantías para el ejercicio del derecho al voto para las personas con discapacidad motriz. En este sentido, su artículo 1 determina que "debe garantizarse que al menos una Comisión Receptora de Votos de la serie y el local en que se encuentre sean accesibles".
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