Redacción El País
Este viernes 14 de marzo de 2025 rige un feriado no laborable en Uruguay, que se celebra cada año, no cambia de día y concierne a trabajadores de un rubro específico.
Se trata del Día del trabajador del metal y ramas afines, también conocido popularmente como “Día del Metalúrgico”, que fue promulgado el 11 de julio de 2008 a través de la Ley N° 18316, firmada por el entonces presidente de la República, Tabaré Vázquez.
“Declárase el día 14 de marzo de cada año como día del trabajador del metal y ramas afines”, dice el artículo único que tiene la ley que estableció este asueto para los trabajadores de la industria de productos metálicos, maquinarias y equipo.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) especifica cuáles son los subgrupos comprendidos dentro de este feriado no laborable.
Qué pasa si se trabaja durante el feriado no laborable
- Subgrupo 1: Industrias metálicas básicas, productos metálicos, reciclaje de productos metálicos, aberturas de aluminio, muebles metálicos, maquinarias y equipos (motores, bombas, compresores, refrigeración), diques, varaderos, astilleros y talleres navales, estableció que los trabajadores convocados en este día tendrán derecho al cobro del jornal doble. Para la convocatoria se dará prioridad a los trabajadores que venían desarrollando las tareas.
- Subgrupo 3: Aparatos eléctricos y electrónicos, electrodomésticos; equipos y aparatos de radio, televisión y comunicación; instrumentos médicos, ópticos y de precisión; máquinas de oficina, de contabilidad y de informática también tienen un feriado pago no laborable.
- Subgrupo 4: Fábrica de carrocería, tapicería, ensamblado de vehículos automotores, remolques, semirremolques, bicicletas, otros equipos de transporte, también establecen al 14 de marzo como feriado pago no laborable.
- Subgrupos 5.1 y 5.2: Empresas de auxilio mecánico automotriz, establecen que en caso de no trabajar estos feriados, se pagará el jornal simple que corresponda por la ley y/o laudo y que, en caso de trabajar, además de dicho jornal, se pagarán dos jornales más..
- Subgrupo 7: Productos de plástico y juguetes, Fibra de vidrio, lo declara feriado pago no laborable.
- Subgrupo 10: Estaciones de servicio, gomerías y estacionamientos, que establecen este día como feriado pago.

Se pueden encontrar todos los detalles de este asueto a través del sitio web oficial del MTSS.
La legislación vigente indica que en cada "feriado pago", los empleados comprendidos percibirán su remuneración como si trabajaran y, en caso de realizar su labor, percibirán el doble del pago por la jornada, según lo determina el artículo 18 de la ley N° 12.590.
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