Hoy empieza a regir la portabilidad: sepa cómo cambiar de telefónica y conservar el número

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Persona con un celular. Foto: Archivo El País.

A PARTIR DE ESTE MIÉRCOLES

Esta habilitación está contenida en la Ley de Urgente Consideración (LUC), y de hecho forma parte de los 135 artículos que serán sometidos al referéndum derogatorio del 27 de marzo.

A partir de hoy, miércoles 12 de enero, todos los usuarios de celulares que deseen cambiarse de compañía telefónica, sin perder su número personal, podrán hacerlo. Esta habilitación está contenida en laLey de Urgente Consideración (LUC), y de hecho forma parte de los 135 artículos que serán sometidos al referéndum derogatorio del 27 de marzo, impulsado por la oposición. No obstante, si en las urnas triunfa el Sí y, junto con el resto de los artículos, se deroga la portabilidad numérica, esto no afectará a los que ya hicieron el cambio.

¿Qué deben hacer, pues, aquellos que ya quieran irse a otra compañía telefónica? Como con cualquier trámite, seguir una serie de pasos.

El primero es contactarse con la telefónica a la que se desea cambiar, y esperar a recibir un “código” vía mensaje de texto, que será el número de “identificación” para ingresar en el portal portabilidad.uy y seguir “el avance del proceso de migración”, según explica un documento del Ministerio de Industria, al que accedió El País.

En paralelo, el Administrador de la Base de Datos (ABD), “tercero imparcial e independiente”, se encargará “de certificar” con la empresa que recibirá al nuevo cliente que el usuario sea efectivamente titular del servicio y que no arrastre deudas, entre otras irregularidades. “Será motivo de rechazo que la información recibida por parte del usuario sea incompleta”, señala el texto de la cartera. Tampoco será posible la operación “cuando el número a ser portado se encuentre denunciado como extraviado, robado o hurtado por el operador donante”, cuando el servicio esté suspendido por falta de pago o en casos en que el número “haya sido dado de baja o desactivado por fraude o uso ilegal”.

Todo este proceso, por otra parte, implicará el cambio de la tarjeta SIM -el chip-, “que será entregado por la compañía receptora en las condiciones que acuerde con el usuario”.

También están estipulados algunos plazos: desde que se solicita el cambio y hasta que este se da afectivamente, no pueden superarse los tres días hábiles “contabilizados a partir del día siguiente al registro de la petición de la portación”. Asimismo, habrá a partir de entonces un período no mayor a tres horas, “en un horario definido entre las horas 00.00 y las 6.00 “, en el que “el usuario podrá no contar con servicio activo”. Que todo esto se cumpla es algo que será supervisado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec).

Hay, también, algunos límites: no se podrá cambiar de compañía más de tres veces en el año, y hay una permanencia mínima de 30 días en cada telefónica.

Y un detalle más: durante los primeros seis meses de implementación, cuando alguien llame a una persona que se haya cambiado, escuchará, como tono, “un mensaje pregrabado que identificará la compañía”. Luego, cada firmá tendrá su tono característico.

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