Intendencia de Montevideo sorteará exoneraciones de impuestos a buenos pagadores: quiénes pueden participar

Se premiará hasta 500 cuentas de contribuyentes de los tributos de Contribución Inmobiliaria, Tasa General y Tarifa de Saneamiento. Tendrán un beneficio adicional quienes reciban su factura por mail.

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Intendencia de Montevideo
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Foto: El País.

Redacción El País
El próximo jueves 12 de diciembre la Intendencia de Montevideo (IMM) realizará el sorteo anual de buenos pagadores y premiará hasta 500 cuentas de contribuyentes de los tributos de Contribución Inmobiliaria, Tasa General y Tarifa de Saneamiento. Quienes resulten ganadores no tendrán que pagar estos tributos durante el 2025.

Al igual que en 2024, la IMM anunció que este año habrá un beneficio adicional para 200 contribuyentes que estén inscritos para recibir sus facturas en formato digital. "Estos contribuyentes tendrán el doble de oportunidades de ser beneficiados en el sorteo", informó la comuna. Los usuarios tienen tiempo hasta el 11 de diciembre, un día antes del sorteo, para hacer este cambio.

El sorteo se hará en presencia de un escribano público y la comuna publicará la lista de las cuentas sorteadas dentro de los diez días siguientes, pero también notificará a domicilio a los ganadores.

"El beneficio comenzará a aplicarse automáticamente a la siguiente factura del tributo en el que haya sido sorteada la cuenta, por lo que esa factura tendrá un costo de $0. Estas facturas tampoco llevarán costo de impresión", indica el texto de la comuna y agrega que los beneficiarios no tendrán que hacer ningún trámite posterior luego del sorteo.

¿Quiénes pueden participar del sorteo de exoneración de impuestos de la IMM?

Podrán participar de este sorteo "las cuentas corrientes consideradas buenas pagadoras". Por "buena pagadora" se entiende a una persona que "haya abonado en fecha las obligaciones devengadas y exigibles en los 12 meses anteriores al sorteo, y que no haya mantenido deudas impagas respecto a estas en el período considerado, aunque estuviesen convenidas".

Pueden ser elegibles:

  • Las personas físicas o jurídicas buenas pagadoras de los conceptos Contribución Inmobiliaria, Tasa General, y de la Tarifa de Saneamiento.

No pueden ser elegibles:

  • Las personas que ocupen cargos políticos o de particular confianza dentro del Gobierno Departamental o Municipios de Montevideo.
  • Aquellas cuentas en las que se hayan otorgado financiaciones, refinanciaciones y/o consolidaciones mediante convenios de pago o esperas en juicio dentro de los doce meses anteriores al sorteo, o hayan mantenido vigentes en ese mismo período convenios o esperas  en juicio celebrados con anterioridad, aunque a la fecha del sorteo estuvieren cancelados.
  • Las cuentas pertenecientes a personas públicas estatales y no estatales.
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Foto: Nicolás Pereyra

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