Seguro de paro: cuándo se cobra el subsidio y todo lo que tenés que saber

Compartir esta noticia
El presidente del BPS señaló que el déficit estará por debajo de los US$ 800 millones previstos. Foto: Fernando Ponzetto

CORONAVIRUS

Al subsidio por desempleo tradicional se le suma el subsidio parcial por coronavirus. El monto que se pagará por mes dependerá de cuál sea el seguro de paro que tenga cada trabajador.

La pandemia del coronavirus y el aislamiento social provocaron un aumento en las solicitudes por seguro de paro en todo el país. Solo en marzo ya van más de 40.000 solicitudes.

El gobierno decidió flexibilizar el acceso al seguro de paro y, además del seguro de desempelo tradicional, se agregó un seguro de paro parcial u201cpor la mitad del horario o por períodos de tiempo menores a un mesu201d, de acuerdo a presidencia.

Subsidio especial por pandemia del coronavirus

","

El subsidio especial por el coronavirus debe ser gestionado por cada empresa enviando al BPS el listado de trabajadores, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente de producirse la reducción de días u horas trabajados, informó el organismo. Dicho formulario está disponible en la web del BPS.

Este subsidio le corresponde a los trabajadores mensuales dependientes que se encuentran en una situación de suspensión parcial de actividades por el coronavirus, lo que implica la reducción de seis días como mínimo en el mes de trabajo, ya sea de días completos o del 50 % del horario habitual, informó el BPS.

u201cComo se paga a mes vencido, las empresas deben presentar la información a final de mes de cómo trabajaron, las horas y jornales. Y en base a eso el BPS define pagar el seguro de paro tradicional o el especial creado la última semana, explicó ayer el director del BPS por los trabajadores, Ramón Ruíz.

El pago del subsidio especial creado por la emergencia sanitaria se realizará el mes siguiente de la reducción de horas, informó el BPS. Las consultas pueden realizarse al 0800 0277

De acuerdo a la resolución emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el monto de la prestación será el equivalente al 25% del promedio mensual de las remuneraciones nominales obtenidas en los últimos seis meses. Ese montó se sumará al pago que realice la empresa de los días trabajados, que sería del 50% si la suspensión fue por la mitad del mes (en jornales o horas). Esto lleva a que el trabajador termine recibiendo un 75% de su remuneración mensual; el pago de este subsidio es a "mes vencido".

Subsidio tradicional por desempleo

","

También está la opción tradicional, en la que el seguro de desempleo le corresponde a aquellas personas que en los u201c12 meses previos a configurarse la causal de desempleo deberán haber permanecido en planilla de trabajo 180 días, continuos o no (en una o más empresas)u201d.

En el caso de subsidio por reducción de la actividad, de acuerdo al BPS, "e liquida el 50 % del promedio mensual de las remuneraciones nominales computables percibidas en los seis últimos meses enteros anteriores, para el caso de los trabajadores mensuales; para los jornaleros corresponden doce jornales por mes. Este subsidio cubre cuatro meses o 48 jornales. 

El cobro de este seguro puede variar entre el 1° y el 6 de cada mes. BPS informa cuándo es la fecha de cobro y cuál es el monto que se percibe ese mes.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar