posible Plebiscito

Pit-Cnt evalúa llamar a votación popular para derogar la ley jubilatoria: ¿qué alternativas tiene para hacerlo?

Para el referéndum se necesita recolectar el 25% del total de los inscriptos en el padrón de votantes; por otra parte, para el plebiscito se necesita el apoyo del 10% de la población.

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Movilización del Pit-Cnt por la reforma jubilatoria
Movilización del Pit-Cnt por la reforma jubilatoria.
Foto: Estefanía Leal

Por Pamela Díaz
El Pit-Cnt analiza cuáles son las posibilidades que tiene sobre la mesa para intentar derribar la reforma de la seguridad social que impulsa el gobierno. Para ello, decidió hacer una consulta técnico-jurídica para saber cuáles son los mecanismos de democracia directa a los que puede recurrir. Ahora la cúpula sindical está a la espera de los informes solicitados a especialistas -como informó Búsqueda el pasado jueves-. Una de las opciones que no se descarta es ir por un plebiscito, según dijo a El País el presidente de la central sindical, Marcelo Abdala. De elegir este camino y alcanzar las firmas necesarias, la consulta popular se haría junto a las próximas elecciones nacionales.

Desde un principio, los sindicalistas han criticado fuertemente el proyecto de ley que aún está a estudio en el Senado. Es más, el lunes, mientras los diputados de la coalición alzaban sus manos para aprobar el articulado -el Frente Amplio solo apoyó escasos puntos-, el Pit-Cnt realizó una movilización masiva en las afueras del Palacio Legislativo.

Sin embargo, la central sindical tendría las manos atadas si opta por hacer un referéndum ya que la mayor parte de los artículos de la futura ley son de iniciativa privativa del Poder Ejecutivo.

Esto implica que formalmente no se los puede derogar a través de este mecanismo de consulta ciudadana. Así se establece en la Constitución de la República, explicaron abogados constitucionalistas.

El director del Instituto de Derecho Constitucional de la Universidad de la República (Udelar), Jaime Ruben Sapolinski, explicó a El País que el mecanismo de referéndum, “así como la iniciativa popular en materia legislativa, no son aplicables con respecto a las leyes que establezcan tributos ni caben en los casos en que la iniciativa sea privativa del Poder Ejecutivo”.

El docente grado 5 también recordó el artículo 86 inciso 2º de la Constitución, donde se “dispone que la iniciativa para la creación de empleos, de dotaciones o retiros, o sus aumentos, asignación o aumento de pensiones o recompensas pecuniarias, establecimiento o modificaciones de causales, cómputos o beneficios jubilatorios corresponderá, privativamente, al Poder Ejecutivo”. Por lo tanto, para el abogado constitucionalista “resulta claro que el referéndum no sería admisible en todo lo que esté comprendido dentro de la enumeración precedente”.

El Pit-Cnt se manifiesta afuera del Parlamento en protesta contra la reforma jubilatoria
El Pit-Cnt se manifiesta afuera del Parlamento en protesta contra la reforma jubilatoria.
Foto: Estefanía Leal

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Discusión “a su debido tiempo”

El martes, mientras los diputados de la coalición votaban todo el articulado, se consultó al Frente si estudian la posibilidad de realizar un plebiscito. En respuesta, el coordinador de la bancada, Gonzalo Civila, dijo que será una “discusión” que se dará en la fuerza política “a su debido tiempo”. Y añadió que en el “seno del movimiento social hay distintas posiciones”, las cuales se analizarán.

En una postura similar se posicionó el catedrático de Derecho Constitucional de la Udelar, Rubén Correa Freitas, quien citó las mismas disposiciones de la Constitución. El abogado remarcó que es una ley de 300 artículos, por lo que primero se debería estudiar cuáles son de iniciativa privativa del Poder Ejecutivo.

Cuando se le planteó a Correa Freitas el hipotético caso de que igual se busque ir contra esos artículos de iniciativa privativa del Poder Ejecutivo, explicó que se podría promover la derogación por medio de una reforma constitucional. Al ser un plebiscito, se tendría que realizar en las próximas elecciones, como está previsto en la normativa.

Para el referéndum se necesita recolectar el 25% del total de los inscriptos en el padrón de votantes. Por otra parte, para el plebiscito se necesita el apoyo del 10% de la población.

Por otra parte, desde el Frente Amplio la recolección de firmas es un escenario sobre la mesa, principalmente en sectores como el Partido Socialista que en su interna lo han planteado. Sin embargo, la coalición de izquierda no lo ha analizado en su conjunto ni está previsto en futuros encuentros.

Trámite parlamentario

Se realiza la votación en el senado

La Cámara de Senadores votará el proyecto de ley de reforma de seguridad social en la tarde de hoy. Los legisladores no deberán volver a tratar toda la iniciativa, sino solo las modificaciones que se realizaron cuando estuvo en Diputados.

De esa manera, los legisladores de la cámara alta le darán el punto final a la iniciativa. Y así cerrarán un proyecto de ley que puso en jaque a la coalición de gobierno en reiteradas oportunidades y que recibió el fuerte rechazo del Frente Amplio.

Durante el tratamiento en Diputados, el proyecto de ley recibió varias modificaciones producto de duras negociaciones del gobierno con Cabildo Abierto, primero, y el Partido Colorado, después.

La última sesión de Diputados, el martes, transcurrió sin grandes sorpresas.

La coalición aprobó todo el articulado, además de defenderlo, sobre todo ante las duras críticas de la oposición.

Y el Frente Amplio acompañó algunos puntos del proyecto motivados, según se explicó, por el pedido de organizaciones sociales.

A diferencia de la sesión anterior, del lunes cuando se votó el proyecto en general, duró menos horas -casi siete- y hubo menos intervenciones.

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