Redacción El País
"La Semana de Turismo es una época culturalmente reconocida porque hay más caza. Se fue el verano, la gente en general no va más a la playa, y es más común que vayan a lugares más naturales o más de monte a hacer campamentos. Pasa mucho que también hay personas que no suelen tener experiencia con armas de fuego y salen con armas", explicó a El País el director de la ONG Conservación Especies Nativas del Uruguay (Coendu), Mauricio Alvárez.
Entre las especies más amenazadas por la caza furtiva (no en el sentido de que estén amenazadas por su estado de conservación, sino que son las especies que más buscan los cazadores), están el carpincho, el tatú, la mulita, el peludo y el guazuvirá. Sobre este último animal Álvarez puntualizó que no es una especie que "salga a buscar" el cazador, sino que, si la ve, probablemente la intente cazar.
Son pocas las especies que tienen permitida la caza: el jabalí, el ciervo axis y tres especies de paloma: la torcasa, la de monte, y la de alas manchadas. También está permitida la caza de la cotorra, pero no es un animal que los cazadores suelan cazar.
Asimismo, explicó que hay especies que no están habilitadas porque se deja que "se renueve" la camada del animal, como el pato y la perdiz, por lo que durante la Semana de Turismo no está habilitada su caza.
Furtiva, regulada y libre: ¿cuál es la diferencia?
El "acto de caza", de acuerdo al artículo 2 del decreto de 164 de 1996, corresponde a la "la sola acción de perseguir, acosar, colocar venenos, poner trampas, usar perros, colectar huevos, destruir o alterar nidos o madrigueras, o disparar sin acertar."
Para la caza libre no se requiere permiso de caza otorgado por el Ministerio de Ambiente. Además del jabalí, dentro de esta categoría se encuentran la cotorra, el garibaldino, las serpientes: yara, crucera y coral, y las especies citadinas como la rata negra, rata de noruega, ratón minero, gorrión, paloma doméstica.
La caza regulada (que requiere permiso emitido por el Ministerio de Ambiente) abarca al ciervo axis (única especie que tiene permitida la caza nocturna), la paloma torcaza, la paloma grande de monte y la paloma de alas manchadas.
La caza furtiva incluye, por ejemplo, a los animales como carpinchos, los armadillos (tatú, mulita, peludo), guazubirá y venado de campo, la martineta, pava de monte, chajá, ñandú (o colectar sus huevos), los zorros.
Además, están las especies que tienen prohibida su caza por estar fuera de temporada. Este es el caso la liebre (temporada comienza el 15 de abril al 15 de agosto), los patos (temporada comienza el 1 de mayo al 15 de setiembre e incluye solo 3 especies: picazo, maicero y cara blanca, todas requieren permiso de caza emitido por el Ministerio), la perdiz (temporada comienza de 1 de mayo al 31 de julio. Requiere permiso del Ministerio) y la nutria (temporada comienza el 15 de mayo al 15 de setiembre. Solo se permite caza comercial con permiso otorgado por el Ministerio).
¿Qué pasa con la legislación en nuestro país?
La caza está regulada en nuestro país por la ley 9.481 que, en su artículo 3, prohíbe en forma general la caza de especies silvestres, a excepción de las habilitadas en el articulo 5 de la misma ley. En ese artículo 5, se establece que el Poder Ejecutivo establecerá las especies que podrán ser objeto de caza, y que además podrá "indicar las condiciones para dicha actividad y duración de los períodos de caza, así como las cuotas y los límites que se acuerden a la explotación de dichas especies y sus derivados".
Para decidir qué especies podrán ser objeto de caza, se utilizarán estudios poblaciones que, a criterio del Ministerio de Ambiente, muestren que "es posible efectuar una extracción sostenible de ejemplares del medio silvestre sin afectar la supervivencia de las especies y el equilibrio natural de los ecosistemas".
Álvarez sostuvo que no existen estudios poblacionales para ninguna de las especies que tienen "autorizada" su caza y sostuvo que "lamentablemente en Uruguay nos estamos acostumbrando a que el Estado no respete ni la Constitución ni las leyes en materia de medioambiente."
El País se comunicó con Gerardo Evia, Director Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente, quien explicó que "el Ministerio está reglamentando lo que le manda la ley, es decir, qué criterios y cómo deben ser esos estudios". "Sin perjuicio de ello, el Ministerio hizo un estudio sobre poblaciones de anatidos (patos) cuyos resultados recomiendan suspender la caza de las tres especies que estaban habilitadas (picazo, maicero y cara blanca)", sostuvo.
Consultado sobre cuándo va a terminar de reglamentarse la ley, Evia sostuvo que será "a la brevedad". Respecto a la suspensión de la caza de las especies habilitadas de patos, explicó que el proyecto de decreto fue elevado al Poder Ejecutivo durante 2023 y aún no hubo avances.