El barrio de Montevideo donde los constructores podrán elevar la altura de los edificios

La Junta de Montevideo aprobó una nueva normativa urbanística con "cambios e incorporaciones relacionadas a parámetros de altura, profundidad y sostenibilidad de las edificaciones".

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Edificio en obra
Edificio en obra.
Foto: Fernando Ponzetto.

Redacción El País
La Junta Departamental de Montevideo aprobó este jueves nueva normativa urbanística para la zona del barrio Malvín que implica "cambios e incorporaciones relacionadas a parámetros de altura, profundidad y sostenibilidad de las edificaciones".

Al momento, en la zona en cuestión se aplican ciertas limitaciones de construcción. A partir de la nueva normativa, quedan sin efecto para esta área limitaciones tales como el área de ocupación máxima que es del 60%, o de las alturas máximas permitidas que no superaban los 4,5 metros.

Según informó la Junta de Montevideo, estos cambios responden a la necesidad de incorporar una mayor cantidad de predios disponibles en la zona costera para la habitabilidad en edificios a partir de la inversión inmobiliaria, ya que zonas como Pocitos y Punta Carretas se ven agotadas en la existencia de predios para edificaciones, aún mediante demolición de edificios existentes.

En lo que refiere a la ocupación del suelo, para el caso en que se implanten edificios con altura mayor o igual a 9 metros, se admitirá aumentar el Factor de Ocupación de Suelo (FOS) correspondiente al predio y ocuparse en planta baja la totalidad del área libre de retiros, siempre que dicho aumento sea destinado a garajes y no se supere la altura máxima de tres metros en la parte superior de la cubierta.

Playa Malvin
Gente en la Playa Malvín en Montevideo.
Foto: Leonardo Mainé/Archivo El País.

Altura máxima en algunos tramos

La normativa incorpora también una altura máxima para algunos tramos en particular: para el comprendido entre la Rambla Concepción del Uruguay y Andrés Gómez rige una altura máxima de 13,5 metros; mientras que para el tramo comprendido entre Andrés Gómez y Almirón (acera sur), rige una máxima de 16,5 metros.

En lo que respecta a parámetros de sostenibilidad para hacer frente a inundaciones por agua de lluvia, la normativa incorpora que, en esa zona, las veredas deben pavimentarse de 2 metros de ancho, con baldosas de cemento, portland, gres o monolítico lavado, a partir de las alineaciones de las propiedades. El ancho restante se deberá completar con cantero permeable.

Además, el nivel de tierra del cantero deberá estar descendido cinco centímetros respecto al nivel de los cordones y pavimentos de vereda contiguos, a los efectos de que las aguas de lluvia queden contenidas y sean absorbidas lentamente por la tierra. La normativa admitirá la instalación de un cantero verde o jardín de lluvia, previo asesoramiento de la oficina competente.

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