Redacción El País
El gobierno dio a conocer el decreto reglamentario de la obligatoriedad de un pasaporte para caballos, con el fin de acreditar la identidad de los equinos, que fuera dispuesta por ley en 2022. Según el documento publicado por Presidencia, todos los equinos que participen en actividades deportivas y de salud, tales como carreras (hipódromos), enduro, polo, equitación, raid, centros de equinoterapia, y otras actividades ecuestres, deberán estar identificados individualmente, mediante un dispositivo electrónico oficial (microchip) e inscriptos en la plataforma web oficial.
La Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) será la encargada de aprobar los chips, adjudicará los números de identificación y establecerá los requisitos y condiciones sanitarias, para la participación de equinos en determinados eventos.
El pasaporte será distribuido por entidades públicas y privadas autorizadas. Además, el decreto establece que “las vacunaciones y extracción de muestras en los animales, con destino a la realización de pruebas diagnósticas y de laboratorio, que constan en el Pasaporte Equino Único, deberán ser realizadas por un veterinario de libre ejercicio acreditado”.
Además, el implante del microchip y el número de identificación de equinos serán registrados en el Pasaporte Equino Único, en todos los casos, por un veterinario de libre ejercicio acreditado.
El Pasaporte Equino Único no tendrá validez, hasta que se encuentre registrado por las instituciones públicas y privadas autorizadas en la plataforma web oficial, contando con un plazo para dicho registro de 90 días contados desde su distribución y entrega a cada usuario.
Los equinos identificados individualmente con microchip oficial “no podrán egresar de este sistema durante toda su vida”, agrega el documento.
Las instituciones interesadas en otorgar el Pasaporte Equino Único, deberán solicitar la autorización y registro correspondiente en la Dirección General de Servicios Ganaderos, incluyendo:
- Nombre o Razón social, documento de identidad y número de inscripción en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva (RUT). En caso de personas jurídicas, deberán presentar certificado notarial original actualizado, que acredite la constitución, integración, representación, plazo y vigencia de la sociedad.
- También deberán dar constancia de domicilio, teléfono y correo electrónico.