Redacción El País
¿Se pueden fijar edades máximas para un llamado a concurso? La pregunta quedó instalada luego del llamado laboral para el cargo de "obrero auxiliar" que hizo la Intendencia de Montevideo (IMM) y que fue cuestionada en una carta por la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (Adeom) ya que solo pueden presentarse menores de 40 años.
En diálogo con El País Miguel Pezzuti, profesor grado 3 de derecho administrativo en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, señaló que "depende" de cada situación si se puede fijar o no una edad máxima. Es decir que, "si la edad es un requisito razonable para las características del cargo a completar, entonces puede hacerse". Un ejemplo que pone es la sentencia 1.037 de 2017 del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).
Pezzuti explicó que la edad, como otros factores, "son categorías que pueden llegar a ser catalogadas como ´sospechosas´". "En temas de derechos humanos hay algunas categorías que si son empleadas por la ley para distinguir entre las personas requieren de una justificación adicional". "Hay quienes dicen que tienen una presunción de ilegitimidad. Para lograr que sean legítimas tienen que estar debidamente justificadas", agregó.
El especialista señaló que "cuando se usa la edad como un límite se excluye a ciertas personas del derecho a acceder a los cargos públicos, que en principio todos tenemos derecho a acceder a ellos".
"El criterio de distinción tiene que estar fundado en razones justificadas, lo que sucede es que a veces en los llamados solo se pone el límite de edad y no hay un control adecuado. Hay un registro de pronunciamientos de la Oficina Nacional de Servicio Civil y de la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) que han sugerido no aplicar en los llamados límites de edad como los que proponían las administraciones", aseguró Pezutti.
El abogado especialista en derecho administrativo dijo que desconoce las características del llamado, en que "se lo plantea en términos de blanco y negro", pero "existen razones justificadas o no existen". En este caso, "se debería fundamentar en las características de la función y las necesidades del interés del servicio".
Pezzuti expresó que "existe el prejuicio de pensar que las personas jóvenes están en mejores condiciones que las personas adultas" y "eso sería una aplicación injustificada de este principio o regla".