El Ministerio de Educación y Cultura (MEC) informó sobre cambios que comenzaron a regir este mes de enero enero en los trámites de inscripción de nacimientos y en el matrimonio civil.
Hasta el año pasado, los recién nacidos debían ser inscritos en el lugar donde nacían, dentro de un plazo de diez días, recordó el MEC en un comunicado. Sin embargo, a partir de ahora los nacimientos también se pueden anotar en la Oficina de Registro Civil correspondiente al lugar en el que viva la madre.
En cuanto al trámite de matrimonio civil, el ministerio indicó que hasta que entraron en vigencia las modificaciones, la gente debía casarse en el lugar de residencia de uno de los miembros de la pareja. Ahora, los matrimonios civiles se pueden hacer en cualquier lugar del país.
“Estas medidas de carácter descentralizador se suman a las adoptadas el año pasado, que por primera vez incorporaron los servicios de Registro Civil de todo el interior a un sistema informático de alcance nacional, accesible en tiempo real”, señaló el ministerio.
Las modificaciones a las normativas entraron en vigor el 1 de enero de este año y estaban incluidas en la Ley de Rendición de Cuentas.