Confirmaron el procesamiento de Alberto Fernández en la causa por violencia de género contra Fabiola Yañez

Por dos votos contra uno, se rechazó la apelación del expresidente; está acusado de amenazas y lesiones leves y graves calificadas por el vínculo.

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Alberto Fernandez junto a su expareja, Fabiola Yañez.
Alberto Fernández junto a su expareja, Fabiola Yañez.
Foto: AFP.

Federico González del Solar / La Nación (GDA)
La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de Alberto Fernández en la causa que abrió contra él su expareja Fabiola Yañez por agresiones físicas y maltratos varios.

La decisión la tomó la Sala II del tribunal al rechazar la apelación que el expresidente hizo contra el procesamiento dictado por el juez federal Julián Ercolini, el 17 de febrero, por los delitos de amenazas coactivas y lesiones leves y graves, agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género.

La votación de los jueces fue dos a uno. Se pronunciaron por confirmar el procesamiento Martín Irurzun y Eduardo Farah; en disidencia votó Roberto Boico.

“Hay fuertes motivos para sostener que los hechos concretos y objetivos que fueron preliminarmente acreditados en la causa, que incluyeron lesiones y otras formas de violencia de género [...]ciertamente fueron la causa de un marcado deterioro en las condiciones de salud de la víctima”, dijo Irurzun en su voto.

“Es presumible que hubo una unidad de designio entre las diferentes lesiones que se tuvieron por acreditadas y las diferentes formas de violencia de género que de manera continuada entre 2016 y 2024, el imputado ejerció sobre la víctima, ocasionándole graves daños en su salud que fueron suficientemente probados”, agregó.

Farah, que adhirió al voto de Irurzun, destacó que no hubo una imputación “vaga”, como remarcó la defensa de Fernández, ni “deficiencias” en el razonamiento del juez Ercolini, que fue recusado junto con el fiscal Ramiro González por la defensa. “La alegación de la Defensa de que las explicaciones brindadas y los cuestionamientos efectuados por Fernández en su indagatoria no recibieron ‘ninguna atención por parte del juez interviniente’ no se compadece con la realidad”, afirmó.

Por su parte, el juez Boico, a contramano de sus colegas, propuso dictar la falta de mérito de Fernández. Destacó numerosos déficits en la etapa de instrucción y sostuvo que la valoración de la prueba “ha evidenciado un sesgo que omite elementos que la refutan, debilitando así la solidez de la acusación”.

“Mientras no se produzca su exploración -afirmó- este conflicto mantendrá los enigmas que hicieron que la reconstrucción del caso no dependiera de los insumos probatorios, sino de las diversas percepciones de sus actores. De allí se deriva que el fallo impugnado no satisfaga los requisitos mínimos para sostener una acusación con la certeza requerida esta etapa de proceso”.

La Cámara decidió en línea con el fiscal de esa instancia, José Luis Agüero Iturbe, que había pedido que se confirmara la sentencia contra el expresidente.

Su colega de primera instancia, el fiscal Ramiro González, formuló su acusación en noviembre luego de haber considerado, entre otras cuestiones, que antes del 12 de agosto de 2021 el exmandatario le provocó a Yañez un moretón en el brazo producto de un “agarrón” o “zamarreo” dentro del chalet presidencial de la Quinta de Olivos; y que entre la noche del 21 de junio y la madrugada del 22 de junio de 2021 la golpeó en el rostro dejándole una lesión en su ojo derecho.

Yañez decidió instar la acción penal contra Fernández en agosto del año pasado, luego de que, en el marco de otra causa, se hicieran públicas las conversaciones en las que le contaba a la exsecretaria de Fernández, María Cantero, los maltratos que sufrió de su parte.

Fabiola Yañez y Alberto Fernández
Fabiola Yañez y Alberto Fernández
Bienvenido Velasco

“…Hoy me agarró del cuello…y sabiendo que puedo estar embarazada me pegó una patada en la panza", le confió a Cantero. “Me agarró del cuello me sacudió los brasas y tengo los moretones”, le dijo más adelante, además de enviarle las fotos que la muestran con hematomas en el ojo y en la axila.

En su voto, el juez Irurzun sostuvo que la “notoria desigualdad de poder” entre ambos influyó en que Yañez optara inicialmente por no instar la acción penal contra Fernández.

“Las referencias contenidas en las comunicaciones muestran que su destinataria (siendo quien era, se insiste) no negó el panorama violento que se le estaba describiendo. Tampoco lo desestimó; lo vinculó, en sus palabras, a aspectos del carácter y de las vivencias que en ese momento estaba teniendo el Presidente. Los mensajes (las capturas incluidas en ellos) también indican algo relevante: él mismo [por Fernández], cuando su pareja le habló de los golpes, no le desmintió nada tampoco”, dijo el juez.

Por su parte, la defensa de Fernández, en manos de la abogada Silvina Carreira, sostuvo a lo largo de proceso que no existió ningún testigo presencial que pudiera dar cuenta de las agresiones, que los chats en cuestión no fueron extraídos del dispositivo original y que el moretón en el ojo se corresponde a un tratamiento al que Yañez se sometía regularmente con la esteticista Florencia Aguirre, que declaró como testigos en la causa, dijo que sus intervenciones no generan esos moretones y fue denunciada por Fernández por falso testimonio.

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