Dictaminan que la información sobre los perros de Milei es “privada” y el gobierno no está obligado a darla

El Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, estableció que las consultas sobre Conan, Murray, Milton, Robert y Lucas, hechas en el marco de la Ley de Acceso a la Información Pública, no sean respondidas.

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Javier y Karina Milei con un cuadro de Conan
Javier y Karina Milei con un cuadro de Conan
Foto: La Nación.

La Nación/GDA
El Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, jefe de todos los abogados del Estado argentino, dictaminó que el gobierno no está obligado por la Ley de Acceso a la Información Pública a brindar datos sobre los perros de Javier Milei que viven en la Quinta de Olivos. Sostuvo que deben rechazarse las consultas sobre el tema —que consideró “banales”— y dijo que los caniles construidos en la residencia los pagó el presidente de su bolsillo.

Sus perros —a quien Milei llama sus "hijos de cuatro patas"— fueron siempre un tema especialmente sensible para el presidente. Y es un asunto que genera interés incluso fuera de la Argentina. En mayo, un informe de CNN Español contó cómo fue el proceso de clonación por el que Milei pagó US$50.000 para replicar genéticamente a su difunto perro Conan y que, como resultado, obtuvo cinco ejemplares de mastín inglés.

La situación y los gastos que generan los perros motivaron además diversos pedidos de acceso a la información pública. El martes pasado, Barra respondió a una consulta de la Secretaría General de la Presidencia, que encabeza Karina Milei, que le pidió a Barra que analizara el encuadre jurídico de dichos pedidos para saber si debían o no ser contestados.

Barra fue categórico. En primer término, destacó que, según la información que recibió, los gastos que generaron los perros del presidente no corrieron por cuenta del Tesoro Nacional, pero además afirmó que la información solicitada es un aspecto de la vida privada del presidente y no afecta al interés público.

Pero Barra fue todavía más allá. “La banalidad misma de la cuestión impone no sólo el rechazo del pedido sino que debería mover a la reflexión acerca del gasto (material y personal) innecesario, inútil e intrascendente que, para el Tesoro, este tipo de solicitudes provoca”.

La construcción del canil en la residencia de Olivos para los perros de Javier Milei
La construcción del canil en la residencia de Olivos para los perros de Javier Milei
Foto: Javier Milei

Barra se refirió a los gastos que implicó el desembarco de los perros. ”En todos los casos las áreas competentes de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación informaron que los gastos vinculados con el acondicionamiento del Sector Casa sustentable, para ser utilizado para caniles y/o los relacionados con el cuidado y manutención de las mascotas, no fueron abonados con fondos del Tesoro Nacional”.

Barra destacó que el acceso a la información pública (ley 27.275) tiene raigambre constitucional, promueve la “participación ciudadana” y la “transparencia” en la gestión pública.

“Consiste en la prerrogativa que tiene todo individuo de conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios se desempeñan, así como el destino que otorgan al dinero público. La información no es propiedad del Estado, sino que pertenece a los ciudadanos”, precisó.

No obstante, indicó que los pedidos recibidos por la secretaría de Karina Milei van en contra del espíritu de la ley. “La consulta que motiva esta intervención —explica Barra— tiene como antecedente las numerosas peticiones dirigidas a conocer ciertos aspectos vinculados a las mascotas del Presidente de la Nación, tales como, la cantidad, raza, nombre, edad, marca y tipo del alimento que consumen, elementos destinados al cuidado y manutención, incluido su embellecimiento; información vinculada a su estadía en la residencia Presidencial —fecha de ingreso, profesionales afectados a su cuidado pasado y presente, entre otros—, y al origen de los fondos con los que se solventaron las obras destinadas a su alojamiento (caniles)”.

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Rodolfo Barra.
Miguel Acevedo Riu / La Nación (GDA)

“Admitir este tipo de solicitudes —sostuvo Barra— importaría un notorio apartamiento del espíritu y la letra de la Ley, con consecuencias no deseables a la luz del objetivo que persigue el régimen, llevando al absurdo de procesar por dicho procedimiento, pedidos que no involucran cuestiones públicas ligadas a la actividad estatal.”

“La información a la que se hace referencia en el objeto de la consulta no califica como pública, no se justifica su divulgación”, dijo Barra.

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