Redacción El País
A partir del 1º de abril de 2025, algunos extranjeros en España que cumplan con un requisito clave quedarán habilitados por el gobierno de España para obtener la ciudadanía española.
La ciudadanía española es un documento muy deseado por los inmigrantes en ese país que no lo poseen, teniendo en cuenta que otorga varios beneficios dentro de España y la Unión Europea (UE). Un ciudadano español tiene el derecho de vivir, trabajar y estudiar en cualquiera de los 27 países de la UE sin necesitar visado o permisos adicionales, informa el medio El Cronista, que agrega que este papel también provee acceso a programas de salud pública y educación en todos los países miembros de la UE.
Quiénes podrán tramitar la ciudadanía española desde abril de 2025
El nuevo criterio definido por el gobierno español permite que un nuevo grupo de extranjeros puedan solicitar la ciudadanía de España, de acuerdo con El Cronista:
- Personas con al menos 10 años de residencia legal, ininterrumpida y reciente en el país.
- Refugiados con un mínimo de cinco años de residencia legal.
- Ciudadanos de naciones iberoamericanas, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o descendientes de sefardíes que hayan residido legalmente durante al menos dos años.
- Personas casadas con ciudadanos españoles o personas nacidas en el país que hayan tenido residencia legal en el país por al menos un año.

Los pasos para solicitar ciudadanía española por residencia
La solicitud de la ciudadanía española por residencia se puede realizar por internet a través de la Sede Electrónica de este Ministerio de Justicia de España.
Según el Ministerio de Justicia, estos son los pasos a seguir:
- Accede a "https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/nacionalidad-espanola".
- Haz clic en "Tramitación On-line con Certificado Digital ".
- Elige un método de identificación Cl@ve,
- Haz clic en "Nueva solicitud".
- Haz clic en alguna de las siguientes opciones: "Realizada por el interesado”, "Realizada por el representante que ejerce la patria potestad, tutela o curatela" o "Realizada por el representante dotado de un mandato o poder".
- Rellena los campos: NIE, Número de Soporte, Nombre, Primer y Segundo Apellido (tal y como aparecen en el documento de identidad del interesado).
- Selecciona los campos correspondientes a: “Estado civil, Sexo, y País, Localidad y Fecha de nacimiento”.
- Rellena el campo "Residente en España desde el año", así como los campos "Hijo/a de (1)", "Hijo/a de (2)". Selecciona la “Nacionalidad principal”.
- Selecciona los campos correspondientes a: "Persona con la capacidad modificada judicialmente" y "Pertenece a las fuerzas armadas".
- Haz clic en "Seleccionar una opción", y elige uno de los siguientes campos: "Caso General", "Casado con español" o "Apátrida".
- Haz clic en alguno de los apartados de "Seleccionar una opción".
- Rellena los campos “Nombre, y Primer y Segundo apellido”. Selecciona los campos “Estado civil” y “Sexo”.
- Rellena los campos pertenecientes al apartado “Domicilio del Interesado” y pulsa en “Crear Solicitud”.
- Haz clic en "Solicitud guardada correctamente Se ha guardado su solicitud, por favor, complete la información que...".
- Haz clic en "Modificar solicitud".
- Pulsa en "Guardar".
La tasa para la solicitud es de 104,05 €. El proceso desde la solicitud de la ciudadanía española hasta la resolución puede demorar entre uno y tres años, informa El Cronista. Para más información sobre el proceso de solicitud de la ciudadanía española, hacer clic en este enlace.