Transportaban ananás a España desde Costa Rica, pero ocultaban una carga de casi 1.500 kg de cocaína

Diez acusados fueron condenados a penas de entre seis y diez años de prisión por un tribunal español. El valor de la droga fue estimado en unos US$ 49,64 millones.

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Ocultaba cargamento de cocaína dentro de ananás
Ocultaba cargamento de cocaína dentro de ananás
Foto: Captura de video/ Guardia Civil de España

EFE
Un tribunal español condenó a penas de entre seis y once años de cárcel a diez acusados de introducir en España 1.469 kilos de cocaína ocultos entre cajas de ananás procedentes de Costa Rica.

Además, los acusados deberán pagar multas que oscilan entre los 90,8 y 300 millones de euros (US$ 99,24 y 327,89 millones) como autores de un delito contra la salud pública.

En agosto de 2022 fue interceptado en el puerto de Algeciras (Cádiz, sur) el cargamento de cocaína, escondido en un contenedor que había llegado procedente de Costa Rica. Al llegar al quinto de los palets, los agentes observaron anomalías respecto a los anteriores, con una serie de bultos de forma rectangular junto a la fruta.

En cada uno de estos bultos había entre cuatro y seis pastillas de cocaína.

El cargamento fue valorado en más de 45,4 millones de euros (US$ 49,64 millones) por la Oficina Nacional Central de Estupefacientes española.

El tribunal consideró que todos los acusados, que estaban en prisión provisional por estos hechos, actuaron bajo la coordinación de uno de ellos, que, “desde su domicilio y a través de mensajes de móvil" mantuvo contacto continuo , especialmente a través de un familiar, también condenado.

Según lo informado por el juzgado, este les iba informando en todo momento "de los avatares del seguimiento de la carga desde que llega al puerto, mientras permanece en su interior y una vez que sale del mismo”.

“Todos los acusados, conocedores del contenido del contenedor, participaron en el seguimiento y control del mismo, lo que a nuestro juicio impide la apreciación de formas imperfectas de ejecución o de complicidad en ninguno de ellos”, sostuvieron los magistrados en la sentencia.

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