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¿Qué migrantes pueden sacar un permiso de trabajo de emergencia en Estados Unidos? Los dos grupos habilitados

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) puede emitir la Autorización de Empleo en Circunstancias Apremiantes para solicitantes que cumplan con ciertas características.

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Personas con documentación de la Uscis.
Personas con documentación de la Uscis.
Foto: X / @Uscis

El Tiempo/GDA
Las personas que requieren un permiso de trabajo de emergencia por encontrarse en procesos prolongados de solicitud de una visa de inmigrante, la Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) en Circunstancias Apremiantes es una herramienta esencial.

Este permiso ofrece la posibilidad de trabajar y permanecer en Estados Unidos durante períodos específicos, aliviando así dificultades derivadas de demoras en trámites de visas. La medida busca equilibrar la necesidad de los migrantes de mantener su situación laboral mientras atraviesan los trámites de la residencia permanente en Estados Unidos, también conocida como "green card".

Este permiso temporal busca asistir a aquellos que, debido a demoras prolongadas en sus procesos de visa, se encuentran en situaciones particularmente difíciles, permitiéndoles trabajar y permanecer en el país durante un período específico. Este recurso se aplica a ciertos no inmigrantes que son beneficiarios de peticiones de visas de inmigrante basadas en el empleo, así como a sus cónyuges e hijos cualificados.

Las categorías de la Autorización de Empleo urgente en Estados Unidos

La medida responde a experiencias previas en las que individuos en camino hacia la residencia permanente legal se vieron obligados a dejar de trabajar y abandonar Estados Unidos debido a retrasos considerables en la tramitación de visas. Dos categorías principales rigen la Autorización de Empleo en Circunstancias Apremiantes:

  • Categoría (c)(35):
    • Dirigida a beneficiarios principales con Formulario I-140 aprobado
    • Se aplica a aquellos en Estados Unidos bajo estatus de no inmigrante E-3, H-1B, H-1B1, L-1 u O-1
    • Permite solicitar autorización inicial de empleo bajo "circunstancias apremiantes" o renovar dicha autorización
  • Categoría (c)(36):
    • Diseñada para cónyuges e hijos dependientes de un beneficiario principal que obtuvo autorización de empleo bajo la categoría (c)(35)
    • Extiende la autorización de empleo a estos familiares

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) tiene la facultad de otorgar una autorización de empleo y emitir un EAD con una validez de hasta un año. La decisión de la duración está sujeta a una evaluación rigurosa de circunstancias apremiantes que justifiquen la expedición de la autorización de empleo.

Es importante entender ciertos aspectos clave al optar por la Autorización de Empleo en Circunstancias Apremiantes. Un solicitante con un EAD válido se considera en un período de estadía autorizado, según el secretario de Seguridad Nacional.

Además, según el Uscis, trabajar bajo el EAD por circunstancias apremiantes implica la pérdida del estatus de no inmigrante. No se acumula presencia ilegal mientras el EAD sea válido, ni tampoco mientras la solicitud esté en trámite.

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