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Dentons Jiménez de Arechaga y la importancia de la protección de la Propiedad Intelectual

El estudio asesora en temas de propiedad intelectual relativos a la protección de los desarrollos tecnológicos.

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El estudio cuenta con un equipo especializado en estos temas, listo para acompañar a los clientes en el recorrido de estas etapas.
El estudio cuenta con un equipo especializado en estos temas, listo para acompañar a los clientes en el recorrido de estas etapas.

La demanda por nuevas tecnologías está -y estará siempre- en constante aumento, lo que resulta en un creciente mercado de empresas desarrolladoras que, en aras de satisfacer tal demanda, buscan crear nuevos productos o mejorar y actualizar los ya existentes.

En efecto, basta con mirar a nuestro alrededor para identificar un sinfín de productos que nacieron para cubrir la demanda tecnológica y que hoy nos resultan esenciales en nuestra vida cotidiana y/o productiva.

Tal es el caso de los teléfonos móviles, los ordenadores, las aplicaciones de todo tipo, plataformas de pago, de facturación, de payroll, entre tantos productos que van desde lo más genérico a lo más específico.

«Todos estos desarrollos tecnológicos son protegidos por uno o varios Derechos de Propiedad Intelectual (DPI)», señaló Lucía Aguerre, asociada del estudio Dentons Jiménez de Aréchaga.

Dentro de los DPI más utilizados a los efectos de proteger desarrollos tecnológicos, está el Derecho de Patentes, el Derecho de Autor y los Secretos Empresariales. «Los DPI no son excluyentes entre sí, salvo algunas excepciones, existiendo supuestos donde un mismo desarrollo puede ser potencialmente protegible por más de un DPI», indicó.

Así, mientras cierto aspecto de un mismo desarrollo puede protegerse mediante el Derecho de Autor, por ejemplo, el código fuente y el código objeto de un software, otro podrá serlo mediante el Derecho de Patentes, invenciones derivadas de ese software, y otros mediante Secretos Empresariales, conocimiento vinculado a tal software, agregó.

«Si bien se trata de figuras con una finalidad relativamente similar, otorgar exclusividad al autor/inventor, presentan particularidades que las diferencian unas de otras, y que deben ser valoradas cuidadosamente a la hora de elegir el DPI -o el conjunto de DPI- a utilizarse con el fin de proteger el mix de intangibles», comentó la profesional. Tal elección dependerá de las características de cada producto, así como de las expectativas empresariales del desarrollador.

Debe tenerse en cuenta que detrás de cada desarrollo tecnológico, ya sea que se busque crear un nuevo producto o mejorar uno ya existente, hay una inversión que puede ser muy significativa, en lo que comúnmente se llama I+D (Investigación y Desarrollo). «Quienes invierten en I+D lo hacen, lógicamente, motivados por el rédito económico que derivará de la exclusividad que tendrá el autor/inventor - términos que varían en función del DPI aplicable al desarrollo, en la explotación del resultado de su investigación», indicó Aguerre.

Hay que agregar que esta posibilidad tendrá lugar en tanto se trate de una tecnología innovadora u original que permita cubrir satisfactoriamente una demanda tecnológica. Es decir, quien invierte para desarrollar un producto que no resulta innovador ni original, en la medida que no logre obtener dichas características, o que ya fuera registrado por otro, no podrá obtener la exclusividad del resultado, y consecuentemente, no obtendrá rédito alguno por su inversión.

«De ahí la importancia de contar desde la etapa de investigación con el asesoramiento de un especialista en propiedad intelectual», subrayó.

Entre otros aspectos, el profesional deberá asesorar respecto de si el producto a desarrollar es susceptible de ser protegido por uno o varios DPI. También deberá determinar si se necesita obtener la licencia de algún desarrollo previo, lo cual es muy usual en la actualidad, donde la gran mayoría de los desarrollos tecnológicos parten de desarrollos preexistentes, y definir, desde el vamos, la estrategia de protección del resultado del I+D.

En paralelo, se deberá contar con un buen marco contractual tanto con trabajadores y desarrolladores independientes que participen del I+D, como con los clientes. «Esto último tiene lugar ya en la etapa de explotación del desarrollo, lo que comúnmente se conoce como la transferencia de tecnología», remarcó la entrevistada.

Expresó que, conocedores de esta problemática, en el estudio se cuenta con un equipo especializado en estos temas, que está listo para acompañar a los clientes en el recorrido de estas etapas, e ir dando solución a los diferentes desafíos y conflictos que se pudieren suscitar.

«Debe recordarse que, en áreas tan específicas, la definición de una buena estrategia y el respaldo de un buen equipo en materia de DPI, resulta determinante a los efectos de lograr una eficaz explotación del resultado del I+D», concluyó Aguerre.

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