Auditoría detectó "acciones y omisiones legales" en la gestión de fondo de la construcción Focer

La AIN informó que "los beneficiarios del fondo cuenten con garantías suficientes para acceder al ejercicio de su derecho, viéndose afectado el objetivo sustantivo del Focer".

Compartir esta noticia
Construccion
Las subas de salarios tienden a desincentivar la contratación
Foto: Fernando Ponzetto

La Auditoría Interna de la Nación (AIN) realizó una auditoría en el Fondo de Cesantía y Retiro para los trabajadores de la construcción (Focer) que abarcó el período enero de 2022 a setiembre de 2023 y detectó que las actividades de gestión del mismo “no permiten tener certeza razonable de que las empresas cumplen con sus obligaciones debidas legalmente, y que los beneficiarios del fondo cuenten con garantías suficientes para acceder al ejercicio de su derecho, viéndose afectado el objetivo sustantivo del Focer”.

Focer

El Focer está integrado por cuentas individuales a nombre de cada trabajador comprendidos en el Grupo N° 9 de los Consejos de Salarios (Industria de la Construcción y actividades complementarias), Subgrupo 01. Además, existe un Fondo Solidario que tiene como destino financiar los gastos de administración y gestión del Focer, “no pudiendo emplearse a tal fin los recursos acreditados en las cuentas individuales”, recordó la AIN.

El jerarca del Focer es una Comisión Honoraria Tripartita (ver aparte).

Las cuentas individuales del fondo se integran “con aportes patronales y personales, siendo el organismo recaudador el Banco de Previsión Social (BPS), quien luego los vierte al Focer, dentro de los cinco días hábiles siguientes al mes que percibió los fondos. Las empresas autogestionan ante BPS el boleto de pago por dichos aportes de acuerdo con el código que establece el mismo (aporte patronal, aporte personal y multas/recargo), debiendo, a su vez presentar declaración jurada ante el Focer”, puntualizó la AIN.

El aporte patronal es del 5% (del salario del trabajador) cuando se tratare de trabajadores con o sin contrato a término, salvo las excepciones establecidas expresamente por la normativa, donde el aporte es del 0,5%. El aporte personal del trabajador es del 0,5% (de su salario).

Para tener una idea del dinero que maneja, en 2022 el Focer recaudó por aportes (patronales y personales) y multas $ 1.134.000.083 (unos US$ 27,5 millones).

Fachada BPS
Fachada del Banco de Previsión Social.
Foto: Fernando Ponzetto

Hallazgos

La auditoría realizó cinco hallazgos: tres calificados como de riesgo “extremo” y dos “alto” (no hubo de riesgo “medio” o “bajo”).

El primero de los “extremos” es que en el trabajo de la AIN “se constataron acciones y omisiones de la Comisión Administradora Honoraria Tripartita que se apartan de las potestades otorgadas legalmente”.

Entre ellas está que la comisión “celebra convenios de pago con las empresas, ante deudas por incumplimientos de aportes al BPS y sus multas, en el ejercicio de un rol de organismo recaudador no contemplado en la normativa”. También encontró que “las reuniones celebradas con posterioridad al 2 de diciembre de 2022, no cuentan con actas aprobadas y firmadas” y ejemplificó que la comisión “firmó un contrato” para hacer “una auditoría de sistemas, sin contar con el debido respaldo”.

Además, “desde el año 2008, se confirió poder general a la gerente, delegando funciones que son propias de la comisión”, detectó la AIN.

Otro de los hallazgos de riesgo “extremo” de la AIN fue que el 17 de agosto de 2011 el Focer firmó “un convenio con el Fondo Social de Vivienda de Obreros de la Construcción (Fosvoc), por el cual las cuentas individuales, operan como garantía de los préstamos que éste otorgue a los trabajadores” y allí hay “debilidades e incumplimientos normativos”.

Entre estos, está que “la garantía convenida es hasta un 50% de lo depositado en las cuentas individuales del trabajador”, pero “desde julio de 2013, por decisión mayoritaria de la comisión, se incrementó hasta un 100%, no teniendo evidencia de la firma de un nuevo convenio con Fosvoc. El Poder Ejecutivo voto negativamente, argumentando que dicha decisión no contempla el objetivo principal para el cual fue creado el Focer”, indicó el documento.

Obras en asentamiento
Construccion de viviendas en el barrio La Paloma de la ciudad de Montevideo, obras del programa Mejoramiento de Barrios del Ministerio de Vivienda a cargo de la empresa constructora Clemer, ND 20220406, foto Estefania Leal - Archivo El Pais
Foto: Estefanía Leal

Además, “desde febrero de 2015, se inmoviliza en las cuentas individuales los montos otorgados en garantía hasta tanto se cancele el préstamo, sin contar con respaldo legal que lo habilite”.

A esto se suma que “la garantía de hasta un 100%, colide, con otras posibles retenciones legalmente establecidas, como ser, por enfermedades, pensión alimenticia, lanzamientos, garantía de alquiler, las que tienen un rango legal prioritario a la garantía establecida por convenio”, indicó la AIN.

El último riesgo de caracter “extremo” que detectó la AIN tiene que ver con “debilidades en la gestión del cobro de timbres” (el Focer es recaudador de los timbres generados ante la presentación de las declaraciones juradas por parte de los empleadores y luego los vuelca a la Caja Profesional) y también “apartamientos al artículo 71 de la ley 17.738 y su decreto reglamentario n° 67/005”.

“Esto se evidencia en que “el Focer gestiona de forma independiente, la declaración jurada y el pago de los timbres que se generan ante ésta, aceptando y validando declaraciones juradas sin que las empresas acrediten el efectivo pago de los mismos”, criticó la AIN.

“Al 30 de setiembre de 2023, el saldo de timbres impagos por declaraciones juradas presentadas y aceptadas son 106.417, los que representan un monto estimado de $ 25.540.080. A modo de ejemplo, se constató la existencia de 34 empresas que adeudan 50 o más timbres, llegando una a adeudar 96 timbres”, cuestionó.

Esto podría determinar reclamos administrativos y/o judiciales por parte de la Caja Profesional, “ante el incumplimiento del Focer” como recaudador.

ADEMÁS

La comisión que lo administra

La Comisión Administradora Honoraria Tripartita es el jerarca del Focer. Está integrada por siete miembros, un representante del Poder Ejecutivo que lo preside, tres miembros designados por el Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos (Sunca) y tres miembros designados por la Cámara de la Construcción, la Liga de la Construcción, la Asociación de Promotores Privados de la Construcción y la Coordinadora de la Industria de la Construcción del Este. Los representantes duran dos años en sus funciones, pudiendo ser reelectos. La representación del Focer, se ejerce por el presidente de la comisión actuando conjuntamente con dos integrantes de la misma, uno por cada sector. Las decisiones deben ser adoptadas por seis votos conformes.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar