Aumentos salariales en la enseñanza privada en febrero 2024: los nuevos salarios por hora vigentes

Los montos que percibirán los trabajadores del rubro, sufrirán otro aumento a mediados de año, según lo acordado en los Consejos de Salarios de diciembre de 2023.

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Un escolar estudiando.
Un escolar estudiando.
Foto: Leonardo Mainé

Redacción El País
Los ajustes salariales que rigen para el sector de la enseñanza privada en 2024 fueron fijados en la Décima Ronda de los Consejos de Salarios, del 20 de diciembre de 2023, correspondientes al grupo 16.

En cuanto al subgrupo 01, que refiere a los jardines de infantes y guarderías, el 1° de enero ya tuvo su aumento salarial, que fue de un 2,97% —por concepto de ajuste por inflación proyectada en el primer semestre de 2024— sobre los valores vigentes hasta diciembre de 2023. De esta forma, el salario mínimo por hora y según la categoría, son los siguientes:

  • Maestro especializado: $ 1.000,14
  • Maestro común: $ 952,54
  • Encargado de grupo: $ 809,64
  • Auxiliar de grupo: $ 732,27
  • Auxiliar de bebés: $ 732,27

Estas cifras estarán vigentes hasta el 30 de junio de 2024, puesto que el próximo aumento de sueldos se dará el 1° de julio. Este será de 2,06%, que se integra de un 0,75% por concepto de crecimiento y un 1,3% por la inflación que fue proyectada para el segundo semestre del año.

El subgrupo 02, el de los trabajadores de enseñanza preescolar, primaria, secundaria y superior, tuvieron su aumento de salarios el pasado 1° de febrero. Este fue de un 4,4% sobre los salarios vigentes al 31 de enero, por concepto de ajuste por inflación proyectada.

Así, algunos de los sueldos vigentes para este subgrupo a partir de febrero son:

  • Docente de educación inicial, maestro y profesor de ciclo básico: $ 1.175
  • Profesor de bachillerato, terciario o universitario: $ 1.236
  • Adscripto: $ 880
  • Orientador pedagógico: $ 967

Estos sueldos regirán hasta el 31 de julio, por el aumento del 1° de agosto de 2024, que será —al igual que el subgrupo 01— de 2,06% (0,75% por crecimiento y 1,3% por inflación proyectada) y estarán en vigencia hasta el 31 de enero de 2025.

En el mes indicado para los aumentos de ambos subgrupos, se evaluará la inflación registrada en el período anterior para aplicar un correctivo. De esta forma, si fue mayor al aumento otorgado, se abonará al trabajador la diferencia en el próximo aumento. De ser menor, se le será descontada.

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