Autorizan el vino sin alcohol y con baja graduación; MGAP y MEF emitieron decreto

Acaba de aprobarse un decreto que autoriza la creación de una categoría jurídica para este tipo de vinos. Uruguay es el segundo país en América Latina en contar con esta reglamentación, luego de Chile

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Viñedos y bodegas: el Inavi estudia nuevas tendencias de consumo en el mundo y la región
Copa de vino tinto
Foto: Shutterstock

Redacción El País
Quienes esperaban comprar vino sin alcohol para poder conducir, o por otras razones, podrán hacerlo. Acaba de aprobarse un decreto que autoriza la creación de una categoría jurídica para este tipo de vinos –también para los vinos de bajo niveles de alcohol-, por lo que se podrán producir e importar al país. Ahora falta esperar que el mercado y los productores acompañen.

Quienes ya estarían listos, según el Instituto Nacional de Vitivinicultura (Inavi) en diálogo con El País, son los importadores.

El ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a iniciativa del Inavi, emitió un decreto, con fecha 29 de enero, en el que establece que es necesario definir diferentes (nuevas) categorías de productos vitivinícolas.

“Ello redundará en una vitivinicultura respetuosa con el medio ambiente”, reza el documento, firmado por el presidente de la República, Luis Lacalle Pou.

El texto aprobado incluye la conveniencia de modificar el envasado de los vinos livianos, de tal forma que no se limite a botellas y latas de aluminio, así como regular el envasado de vinos desalcoholizados y vinos parcialmente desalcoholizados.

Copa de vino
Mujer con una copa de vino tinto.
Foto: Freepik.

En tal sentido, en el artículo 1, se incorporan las siguientes definiciones de productos: néctar de uva, néctar de uva gasificada, vino desalcoholizado (comúnmente conocido como vino sin alcohol) y vino parcialmente desalcoholizado (bajo en alcohol).

Sobre el contenido del alcohol del vino, se autorizan diversas técnicas separativas, empleadas de manera aisladas o combinadas, entre ellas, la evaporación parcial al vacío, técnicas de membranas, destilación, cono rotatorio u ósmosis inversa; todas ajustadas al Código Internacional de Prácticas Enológicas de la Organización Internacional del Vino (OIV).

También se establece el límite de hasta un litro para aquellos envases que contengan vinos desalcoholizados o parcialmente desalcoholizados. Los vinos livianos sólo podrán ser comercializados en envases de hasta 1,5 litros y en latas de aluminio.

Reacciones

Ricardo Cabrera, presidente del Inavi y precursor de la iniciativa, celebró la noticia. Según sus declaraciones días pasados a El País, esto pone a Uruguay en una situación más acorde a la realidad del consumo mundial, donde “la tendencia muestra que el consumo del vino sin o bajo en alcohol está en crecimiento”.

Hasta ahora, por la legislación nacional, el vino debía tener un mínimo de 9,5 o 10 grados de alcohol, según la cosecha del año. Y para elaborar o importar el producto con menos graduación se requería un decreto que lo amparara.

Cabe agregar que el vino sin alcohol que existe actualmente en el mercado es excepcional y aparece registrado como “néctar”, no como vino.

El vino sin alcohol está dirigido a personas con problemas de salud asociados, o que desean seguir un estilo de vida más sano, además del mercado potencial de consumidores que les gusta el producto pero no pueden consumirlo por restricciones de las normas de tránsito en Uruguay.

Productores locales se muestran escépticos, dado que, si bien se les abre una oportunidad comercial desde el punto de vista regulatorio, consideran que el consumidor uruguayo aún no está listo para este tipo de productos (sí los de baja graduación alcohólica) y, además, afirman que es caro de producir.

Será cuestión de ver la evolución del mercado y las iniciativas o campañas de difusión que encabece Inavi con algunos de sus asociados.

Cabe agregar que el decreto también actualiza la definición de vinos contaminados y alterados.

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