Camioneros argentinos que operan en Uruguay tildan de “sinvergüenzada” lo que hace el Ministerio de Transporte

Los senadores Sergio Botana, Daniel Caggiani, Charles Carrera y Jorge Gandini coincidieron en que ese no fue el objetivo de la comisión cuando aprobaron la normativa y manifestaron “preocupación” por los efectos del decreto.

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Fila de camiones en los accesos de Montevideo
Fila de camiones en los accesos de Montevideo.
Foto: Juan Manuel Ramos

Redacción El País
En diciembre del año pasado, el Poder Ejecutivo promulgó una ley y aprobó un decreto reglamentario que obligó a las empresas argentinas que realizan fletes en Uruguay,a cobrar sus viajes vía transferencia bancaria y no en efectivo. Esto, con el objetivo de evitar que las empresas argentinas se lleven los dólares de Uruguay para luego cambiarlos en el mercado paralelo de su país, al dólar blue y así ofrecer fletes más baratos.

La ley fue criticada por las empresas representantes en Uruguay de las compañías de transporte de carga terrestre argentinas, quienes presentaron un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

Ahora van también contra el decreto reglamentario porque entienden que “excede muchísimo las potestades” que el Parlamento le entregó al Poder Ejecutivo y que es una “sinvergüenzada” porque pretende que las “exorbitantes multas” por el incumplimiento de la normativa, se incorporen al reglamento de circulación vial que “nada tiene que ver” con el tema en cuestión.

Así lo indicó ante la Comisión de Transporte y Obras Públicas del Senado, la abogada Cristina Olaso, defensora de las empresas representantes en Uruguay de las firmas argentinas.

El decreto “traslada la responsabilidad, que ustedes atribuyeron al transportista argentino, al representante, de manera totalmente exorbitante, porque nadie dijo que el representante era la persona que podía ser responsabilizada y sancionada por la actitud de su representado”, criticó Olaso quien concurrió a la Comisión junto con integrantes del Círculo del Transporte Internacional.

El decreto reglamentario -elaborado por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP)-, establece la obligatoriedad de que los representantes digan a dicha cartera, bajo un régimen de declaración jurada, cómo se cobró ese flete.

Sin embargo, según explicó Olaso, los representantes no tienen esa información. “Ellos no saben cómo se celebró, dónde se pagó, quién lo pagó porque son negocios que hacen sus representadas con los importadores, con los exportadores o con los forwarders, que pueden estar en cualquier lugar del mundo”, criticó la abogada, por lo que calificó a la exigencia del MTOP de “loca y exorbitante”.

De acuerdo con la defensora, el MTOP ya ha ejecutado multas a los representantes que incumplieron con la normativa, con sanciones “por US$ 200.000 a una sola empresa, solo fiscalizando el mes de enero”. Sobre este punto, la abogada advirtió que el MTOP “no tiene la capacidad” para fiscalizar camión a camión, si no que los controles los hacen a los representantes de forma aleatoria, por lo que criticó que la obligación que estableció el MTOP “les quedó grande”.

En la comparecencia ante la comisión, la abogada dijo que los senadores “no establecieron la sanción, ni autorización al Poder Ejecutivo a establecerla, ni dijeron cuál era”, por lo que solicitó su intervención para revertir la situación y dialogar con el Ejecutivo. “Si ustedes quisieron crear una ley que tuviera un efecto y por el dictado del decreto reglamentario está teniendo otro efecto, les venimos a pedir su intervención para aplicar los correctivos”, indicó Olaso.

En relación a las multas, la abogada señaló que la sanción establecida por el Ejecutivo supera los US$ 4.500. “¿Ustedes saben que cruzan 200 camiones por día? Si el fin recaudatorio de los radares preocupaba, lo que debiera preocupar son 200 camiones por día generando una contingencia de US$ 4.500 por camión”, advirtió.

cifras

200.000

Dólares de multa fue lo que, según la abogada Olaso, el MTOP cobró a una de las empresas representantes de firmas argentinas por incumplimiento de la ley.

4.500

Por camión, es la sanción establecida por el Poder Ejecutivo a aquellas empresas que no cumplan con la normativa, según indicó Olaso.

Sobre el hecho de que la multa sea incluida en el reglamento de circulación vial, Olaso dijo que es “una sinvergüenzada” porque el Poder Ejecutivo “pretende de una manera muy transversal y poco transparente” que los representantes, “que son empresas uruguayas”, sean quienes “deban afrontar las consecuencias o las contingencias de esas multas que se pretenden aplicar”. Según manifestó Olaso, esa acción es “violatoria del principio de la buena fe” porque “el reglamento de circulación vial refiere exclusivamente a las sanciones” que se produzcan por violación a las normas de tránsito y “nada tiene que ver con esto”, indicó.

Los senadores preguntaron a Olaso respecto a si habían consultado a las autoridades del gobierno sobre el decreto, a lo que Olaso respondió que fueron recibidos por el director nacional de Transporte, Pablo Labandera, quien no los “trató muy bien” y que, pese a que lo solicitaron, no fueron recibidos ni por los ministros de Transporte y Economía, José Luis Falero y Azucena Arbeleche, respectivamente, ni por el presidente de la República, Luis Lacalle Pou.

Ante los reclamos de los representantes en Uruguay de empresas argentinas, los senadores Sergio Botana, Daniel Caggiani, Charles Carrera y Jorge Gandini coincidieron en que ese no fue el objetivo de la comisión cuando aprobaron la normativa y manifestaron “preocupación” por los efectos del decreto. Asimismo, se comprometieron a estudiar el tema con profundidad y dijeron que podría ser necesario “revisar la normativa”.

incertidumbre

Estimaciones

Pese a que Olaso presentó recursos contras las multas ya efectuadas por el MTOP -por lo que no están firmes aún-, estimó que si la cartera fiscaliza hasta el mes de agosto, “habría una contingencia posible de más de US$ 1 millón por día. Una locura”, indicó.

Sobre esto, Olaso advirtió que si esa situación se mantiene, “no van a venir más los camiones argentinos” al país, lo que sería negativo porque “los necesitamos y somos conscientes de que con los uruguayos solo no alcanza”, señaló.

Elecciones argentinas

La abogada manifestó que los correctivos a la normativa “quizás lleguen tarde” por lo que pueda ocurrir en términos políticos en el vecino país. “Todos vimos lo que fueron los resultados de las elecciones en Argentina, y, obviamente, si desaparece el dólar blue, va a desaparecer la preocupación del Parlamento respecto a cómo se pagan los fletes” de los camiones argentinos en Uruguay, señaló la abogada.

“Amenaza rarita”

Además de aplicar la sanción, “increíblemente, el artículo seis tiene una amenaza rarita, porque dice que comunicará a la Dirección General Impositiva, pero no sabemos qué comunicará. Lo digo porque entendemos que no hay ninguna infracción y, si la hubiera, debería ser establecida por ley y no por decreto. A la vez, el tema está en el ámbito de la normativa del Código Tributario, que no tiene nada que ver con esto y que también atiende al principio de legalidad; un decreto no podría establecer una sanción tributaria”, reclamó Olaso.

Secreto comercial

Por otra parte, la defensora criticó la exigencia del MTOP en tanto la información que le solicita a la empresa representante es información que corresponde a la firma argentina y que por tanto, “es información patrimonial y bancaria que está sometida al secreto comercial, y que afecta la competitividad”. Además, dijo que se pretende “responsabilizar a los representantes de algo que es imposible”, de tener información “que ellos no manejan”.

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