LOS PORMENORES DE ESTA SITUACIÓN
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y el abogado laboralista Federico Rosenbaum explican cómo afecta estar en seguro de paro si se está próximo al retiro.
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En un mercado laboral que se vio resentido por los impactos de la pandemia de COVID-19 y que ha mostrado signos de recuperación, en el que el empleo ha aumentado sostenidamente a lo largo del 2021, aún diferentes sectores no han logrado absorber todo su personal enviado al seguro de paro, como también continúa habiendo trabajadores que no se han reinsertado al mercado.
Según los últimos datos al mes de noviembre de 2021 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), los trabajadores en seguro de paro fueron 47.500 en total, de los cuales 35.500 estaban en seguro de paro total y 12.000 en seguro de paro parcial. A su vez, los trabajadores en seguro de paro total eran 11.000 menos que el promedio mensual de 2019, lo cual equivale a números de 2018, afirmaron desde el ministerio.
En este contexto, una pregunta se repite: ¿cómo afecta estar en seguro de paro si se está próximo al retiro?
Sobre esto, el abogado laboral Federico Rosenbaum, explicó en conversación con El País, que en primer lugar “depende de cada persona y depende de cuál fue su historia laboral. Algunos requisitos básicos: la jubilación va a depender de los últimos 10 años de servicios registrados en la historia laboral o, eventualmente de los 20 mejores años. Depende de qué historia tuvo la persona, si tuvo un trabajo con buenas remuneraciones o no. Todo eso va a influir bastante”, explicó.
En este sentido, el director nacional de Seguridad Social del MTSS, Daniel García Zeballos, señaló que para el cálculo de la jubilación por el Banco de Previsión Social (BPS), se comparan los datos de la historia laboral, en donde se contraponen los últimos 10 años de trabajo contra el promedio de los 20 mejores, para ver qué es más beneficioso para la persona.
Dependiendo si el promedio de los 20 mejores es más conveniente para el trabajador, se tomará este valor. En cambio, si los últimos 10 años fuesen más convenientes, este valor será tomado con un tope correspondiente al promedio de los 20 mejores años más un 5%. Este cálculo es lo que determina el Sueldo Básico Jubilatorio (SBJ).
En tanto, para saber el monto de la futura jubilación, al SBJ se le aplica un porcentaje que varía dependiendo de su edad de retiro y de los años de trabajo acreditados.
“En el cálculo de la jubilación en sí, no tendría que impactar mucho, porque de acuerdo al período del cálculo del sueldo básico jubilatorio que se toman los 20 mejores años de trabajo, en general, evidentemente que se descartan estos de seguro de paro porque se suponen que no forman parte de los mismos”, sostuvo García Zeballos.
En cambio, Rosenbaum señaló que si se utiliza el criterio de los últimos 10 años de servicio, “con trabajadores que estuvieron por lo menos seis meses en el seguro de desempleo o que han sido acogidos al seguro parcial, que por la pandemia se ha prolongado mucho más, ahí eventualmente podría incidir”.
Asimismo, explicó que el seguro por desempleo es una asignación que computa para la jubilación, como cualquier remuneración gravada, por lo que “ahí no hay pérdida”.
“¿De dónde vendría la pérdida eventual? De que el subsidio por desempleo no es igual a lo que percibís mes a mes, si no que va a depender en función de esa retribución y en función de un porcentaje de la misma”, dijo. “Si una persona tiene mucha remuneración en los últimos 10 años, ahí sí podría incidir en el cálculo final de la jubilación pero no creo que incida mucho. Son solamente seis meses en 10 años y es un porcentaje no tan distinto a su sueldo habitual”, agregó.
En tanto, García Zeballos señaló que la incidencia depende de cuánto tiempo estuvo en el seguro de paro y de qué tipo de subsidio recibió, ya que “no es lo mismo el que hizo uso del subsidio por desempleo parcial, que cobró el 75% de sus ingresos, que aquel que fue despedido, que tuvo seis meses en seguro de desempleo o aquel que pudo estar en un régimen especial por un año o más”.
Por otro lado, para el caso de aquellas personas que estén dentro del sistema mixto, en donde aportan tanto al BPS como a una AFAP, señaló que “sí impactaría pero no sería un impacto grande, porque por la parte del ahorro se pudo haber visto perjudicado, depende de cada situación, pero no creo que esto sea decisivo en cuanto a una variación considerable en su jubilación”.
Un subsidio desconocido.
En tanto, destacó que para aquellas personas cercanas al retiro y que están teniendo dificultades para reinsertarse al mercado laboral, no pudiendo acceder a la jubilación por falta de edad o servicios, existe el subsidio especial de inactividad compensada (SEIC).
Los requisitos mínimos para percibir el SEIC, son 58 años de edad y 28 años de servicios, además de haber permanecido en el país en situación de desocupación, por un período igual o mayor a un año desde el cese.
A su vez, no debe tener derecho a otras prestaciones ni ingresos de ningún tipo, siendo compatible solo con pensión por fallecimiento.
El SEIC, se otorga por un período máximo de dos años o hasta que el beneficiario configure cualquier causal de jubilación o retiro, si esto ocurriese antes de dicho plazo.
En tanto, el monto del subsidio será equivalente al 40% del promedio mensual de las remuneraciones nominales en los seis meses de trabajo inmediatos al cese y no podrá ser inferior a una BPC ($ 4.870) ni superior a ocho BPC ($ 38.960). En caso de percibir, además, pensión por fallecimiento, el monto será el correspondiente a la diferencia entre ambas prestaciones.