¿Cómo ven los expertos el proyecto de ley del gobierno que busca zanjar polémica por IRPF e IASS a partidas?

Expertos afirman que la propuesta corrige un decreto, pero aún se mantienen las preocupaciones. Comisión de Hacienda analiza retroactividad de la ley, que no está en su texto.

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Cola de jubilados
Seguridad social: se echa para atrás polémico decreto que agregaba impuestos, según expertos.
Foto: Darwin Borrelli

Una pregunta surge ante el proyecto de ley que el Poder Ejecutivo introdujo ayer en el Parlamento, que exonera de IASS e IRPF determinadas partidas que, según expertos, fueron gravadas por el decreto 412/023 el pasado 19 de diciembre: ¿se terminó la polémica, se solucionó el tema?

El País consultó varios abogados al respecto, quienes consideraron que, en términos generales y con matices, el gobierno trata, con ese proyecto de ley, de corregir el “error” que había cometido, y que lo importante es que las partidas en cuestión quedan exoneradas.

Básicamente, el proyecto de ley exonera de IASS el beneficio parcial en forma de capital que se otorga a aquellas personas que, cumpliendo ciertas condiciones, difieran la solicitud de jubilación un mínimo de tres años (con el fin de estimular el ejercicio de esta opción), y también regula aspectos relacionados al haber sucesorio (con relación a las cuentas de ahorro) al declarar que esas partidas no configuran el hecho generador del IASS ni del IRPF.

Expertos tributarios y políticos habían salido al paso al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) por entender que gravaba “ilegalmente” a través del mencionado decreto esas partidas, y ante la polémica surgida, el propio Poder Ejecutivo presentó este proyecto de ley que establece las exoneraciones, como anticipó ayer El País.

Según dijo a El País Pía Biestro, directora de la Asesoría Tributaria del MEF, este proyecto de ley introduce esas exoneraciones (a partidas que, a su entender, estaban gravadas antes del decreto 412/023), mientras que otras voces afirmaron que el gobierno se habría echado para atrás en relación a las partidas que él mismo gravó con dicho decreto.

De esta forma, el decreto no ha sido derogado, pero gran parte del mismo quedará sin efecto -o derogado tácitamente- cuando entre en vigor la nueva ley.

Opiniones

Conrado Rodríguez, diputado colorado que convocó a las autoridades del MEF para explicar la situación, dijo a El País que “se escuchó nuestro reclamo y cuestionamiento al decreto. El gobierno envió un proyecto de ley que dice todo lo contrario al decreto, aunque no lo admita. Estamos de acuerdo con la parte dispositiva del proyecto de ley, pero no con su exposición de motivos”.

“No se está eximiendo de impuesto a esas partidas, porque la ley nunca había creado un tributo para las mismas. Analizaremos el proyecto y presentaremos alguna modificación”, agregó.

El abogado Leonardo Costa, socio de Brum Costa y experto tributario, dijo a El País que “era más fácil derogar el decreto 412/023. El proyecto de ley tiene un problema de interpretación conceptual (en sus motivos), pero si se aprueba, el resultado es el mismo que una derogación del decreto, exceptuando por los afectados por este. Si la ley tiene efecto retroactivo, las personas afectadas que hayan impugnado el decreto, saldrán bien. Hay que ver si es así. Pero, repito, el camino más sencillo era derogar el decreto”, reafirmó.

Para Iván Posada, integrante de la Comisión de Hacienda por el Partido Independiente: “el proyecto de ley está bien, el problema que habíamos planteado con respecto al decreto 412/023 quedó solucionado. El decreto no tenía marco legal y ahora de alguna forma se solucionó”.

Jorge Bentancur, director del departamento de Asesoramiento Tributario de KPMG, dijo a El País que está de acuerdo con que el proyecto de ley exonere de IASS para estimular que las personas posterguen la jubilación, pero considera que los haberes sucesorios, por ley, ya están libres de tributos. “El proyecto de ley reconoce eso en su interpretación al declarar que esas partidas no configuran el hecho generador del IASS ni del IRPF”, señaló.

En tal sentido, Bentancur coincide con los otros expertos, quienes no comparten la exposición de motivos del proyecto de ley, o la cuestionan.

Renán Rodríguez, abogado y exintegrante de la Comisión de Expertos en Seguridad Social (CESS, que estableció los lineamientos para la reforma jubilatoria) también lanzó una visión crítica a la exposición de motivos del proyecto de ley.

Este abogado fue quien recurrió el decreto en el pasado febrero, por considerarlo “ilegal” e “inconveniente”, y ahora dijo a El País que “la exposición de motivos sigue con la misma postura violatoria de la legalidad”. De ahí que “esa parte de la ley repita los errores jurídicos del decreto”, afirmó.

No obstante, reconoce que el proyecto de ley marca un cambio de criterio en relación al decreto 412/023, aunque el MEF no lo reconozca explícitamente. Insiste en que lo mejor sería reconocer el “error jurídico y político” cometido y derogar el decreto.

Ministerio de Economia y Finanzas.
Ministerio de Economia y Finanzas.
Foto: Estefanía Leal

Preocupaciones

Más allá de que la polémica continuará, el proyecto de ley que establece que las partidas mencionadas deben estar exoneradas, calma los ánimos.

Las preocupaciones que más destacan ahora son sobre la retroactividad de la ley, ya que si bien Biestro declaró a El País que tendrá ese efecto, abogados consultados no identifican ese punto con claridad.

El otro pendiente son los casos de los incapacitados en forma absoluta y permanente para todo trabajo y que no configuran causal jubilatoria, que se les grava con IASS sus ahorros con el decreto 412/023, lo que, según Conrado Rodríguez y Costa, requiere de una nueva ley interpretativa.

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