Redacción El País
Cada año, el Banco de Previsión Social (BPS) lleva a cabo la devolución del excedente de los aportes al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) realizados el año anterior, mediante un pago a los trabajadores, jubilados y pensionistas, en el mes de setiembre. En este 2024, la devolución comenzó el pasado lunes 23.
Este dinero que se devuelve surge de la comparación entre los aportes personales al Fonasa de enero a diciembre con un tope anual que se fija para cada año.
El monto de la devolución de Fonasa por lo recaudado en 2023 se puede consultar desde el viernes 6 de setiembre. Las personas que cuenten con un "Usuario personal BPS" podrán ver cuánto se cobra por la devolución ingresando al servicio en línea "Consultar detalle de devolución Fonasa".
Las personas que no tengan un usuario en la plataforma web, sin embargo, no podrán saber con antelación cuál será el monto a cobrar, pero sí se permite consultar si se está comprendido en la devolución. Esto podrá ser a través de una llamada por teléfono al BPS, de una conversación de WhatsApp o del servicio en línea "Consulta de Devolución Fonasa - ¿Estoy comprendido?", que no requiere un registro.
A quiénes les corresponde cobrar la devolución de Fonasa en 2024
Podrán cobrar el excedente los trabajadores que hayan tenido en 2023 un promedio de ingresos mensuales que superen los $ 105.847 nominales.
También podrán recibirlo los jubilados y pensionistas con un ingreso promedio nominal mayor a $ 114.667.
Cuándo cobro la devolución de Fonasa 2024
Un método para el cobro de la devolución de Fonasa puede ser el depósito en una cuenta bancaria o en un instrumento de dinero electrónico (como MiDinero, DeAnda, Prex u Oca Blue). Quienes lo solicitaron antes de antes de las 18:00 horas del miércoles 18 de setiembre, cobraron el monto el lunes 23. Si lo hacen después, lo recibirán tras 72 horas hábiles.
Los activos y pasivos que no opten por el depósito, lo deberán cobrar en sucursales de Abitab, Redpagos, Anda, supermercados El Dorado o en la Tesorería de BPS, en fechas que variarán según su documento de identidad. El lunes 23, cobraran las personas cuyo último dígito sea el 0 o el 1. El martes 24, le corresponde al 2 y al 3; el miércoles 25, al 4 y 5; el jueves 26 al 6 y 7; y al viernes 27 al 8 y 9.
Si el beneficiario falleció, los herederos de este podrán solicitar la liquidación de la devolución mediante haberes sucesorios, informó el BPS.