Devolución Fonasa 2020: ¿cómo y cuándo se cobra?

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El BPS tiene a Odizzio como presidente y el resto del directorio lo integran los socios de la coalición y representantes sociales. Foto: Leonardo Mainé

BPS

El Banco de Previsión Social (BPS) dio a conocer los detalles de la campaña de devolución Fonasa 2020. ¿Cómo saber si tengo devolución del Fonasa?

La llegada de setiembre, marca todos los años la campaña devolución Fonasa (Fondo Nacional de Salud) del BPS. El organismo explicó cómo será la devolución Fonasa 2020 por aportes en exceso durante el año pasado. La fecha de inicio de la devolución del Fonasa es el 21 de setiembre; el calendario es según el último dígito de la cédula de identidad. 

El BPS informó que la cantidad de personas que recibirán la devolución Fonasa es similar a la del año anterior. El organismo indicó que hay 144.000 personas que recibirán el pago del Fonasa 2020, frente a 141.000 que lo recibieron el año pasado.

El BPS indicó que pagará por devolución Fonasa $ 5.000 millones. Eso implica que cada persona cobrará en promedio de Fonasa 2020 $ 34.722.

El dinero a cobrar corresponde al excedente de aportes al Fonasa que hayan realizado trabajadores y jubilados durante el año pasado.

¿Quiénes cobran devolución Fonasa?

El BPS informó que cobrarán devolución Fonasa aquellos trabajadores que en 2019 hayan tenido un promedio de ingresos mensuales superior a los $ 77.923. También cobrarán devolución Fonasa aquellos jubilados o pensionistas con una pasividad promedio superior a $ 84.417. En ambos casos, el BPS aclaró que se refiere a montos nominales.

Ahora, ¿cómo se hace para calcular la devolución Fonasa? La devolución Fonasa surge de comparar los aportes personales Fonasa (de enero a diciembre) con un tope anual. Así, los trabajadores, jubilados o pensionistas cuyos aportes al Fonasa durante 2019 superen ese tope, tendrán devolución Fonasa y los que estén por debajo, no.

Entonces, ¿cómo se calcula ese tope? El tope surge de la suma del Costo Promedio Equivalente (CPE) mensual incrementado en un 25%, multiplicado por la cantidad de beneficiarios a quienes atribuye amparo (menores o mayores con discapacidad y cónyuge o concubino), por los meses del año 2019 en los cuales fueron beneficiarios.

El CPE fue de $ 2.975 desde enero a junio de 2019 y a $ 3.103 desde julio a diciembre del mismo año. Así, el tope por beneficiario alcanzó a $ 45.585 en 2019 (sumados seis meses de CPE a $ 2.975 y seis meses de CPE a $ 3.103 y el resultado multiplicado por 1,25).

Para saber cuánto le puede tocar por devolución Fonasa, hay que tener el monto aportado por ese concepto en todo 2019 y restarle el tope mencionado ($ 45.585 si es único beneficiario). La diferencia entre lo aportado y ese tope es la devolución Fonasa.

El presidente del BPS señaló que el déficit estará por debajo de los US$ 800 millones previstos. Foto: Fernando Ponzetto
El BPS informó a partir de cuándo se podrá consultar si se tiene devolución Fonasa. Foto: Fernando Ponzetto

¿Cómo y cuándo se cobra la devolución Fonasa?

Se podrá cobrar la devolución Fonasa, a través de una cuenta bancaria, instrumento de dinero electrónico (MiDinero, DeAnda y Prex) o presentándose con su cédula de identidad en Abitab, Redpagos, ANDA, supermercados El Dorado o en tesorería de BPS (Colonia 1851, planta baja, o Sarandí 570, subsuelo).

"Para gestionar la forma de cobro deberá dirigirse a la entidad bancaria o locales habilitados, no al BPS. Quienes ya hayan realizado esta gestión en años anteriores, y este año también tengan devolución, no tienen que volver a realizarlo", aclaró el organismo.

Desde el 21 de setiembre el pago de la devolución Fonasa se realizará según el siguiente calendario, de acuerdo al último dígito de la cédula de identidad:

0 - 1: desde el 21/9
2 - 3: desde el 22/9
4 - 5: desde el 23/9
6 - 7: desde el 24/9
8 - 9: desde el 25/9

"También cobrarán la devolución Fonasa el 21 de setiembre quienes hayan optado en años anteriores por depósito en cuenta bancaria o instrumento de dinero electrónico o realicen esta opción antes de las 18 horas del 17 de setiembre. Quienes tomen en forma posterior esta decisión recibirán el depósito a partir de las 72 horas hábiles de efectuada la opción", explicó el BPS.

Además, aclaró que "en caso de fallecimiento del beneficiario sus herederos podrán solicitar la liquidación de la devolución Fonasa a través de la web Haberes sucesorios".

¿Cómo saber si tengo devolución Fonasa?

Desde el 2 de setiembre, aquellas personas que tengan Usuario Personal BPS, recibirán en su correo electrónico, el recibo con el detalle de su devolución Fonasa. Quienes no tengan el Usuario Personal BPS y quieran saber en forma anticipada si tienen devolución Fonasa 2020 podrán solicitarlo, presentando solamente su cédula de identidad, en los locales de Abitab, Redpagos, ANDA, supermercados El Dorado y Correo Uruguayo de todo el país, para acceder a la liquidación cuando esté disponible.

Desde el 8 de setiembre, quienes cuenten con Usuario Personal BPS acceden al monto y cálculo de su devolución Fonasa a través de la "Consulta detalle de Devolución Fonasa".

Además, desde esa fecha aquellos que no tienen Usuario Personal BPS y no quisieron obtenerlo, podrán consultar solamente si les corresponde o no devolución Fonasa a través de:
-0800 2016
-WhatsApp Fonasa 2020 092 36 62 72 (092 Fonasa)
-Vía web: Consulta de Devolución Fonasa - ¿Estoy comprendido?

Por otro lado, desde el 4 de setiembre se habilita la Agenda web para recibir atención presencial en el BPS devolución del Fonasa en Montevideo y desde el 8 de setiembre en sucursales y agencias del interior del país.

Desde el 19 hasta el 23 de septiembre se procederá a la devolución de aportes al Fonasa. Foto: archivo El País
Desde el 4 de setiembre en Montevideo y desde el 8 de setiembre en el Interior, el BPS habilita la agenda web para recibir asistencia con el Fonasa 2020.
¿Le corresponde?

¿Qué pasa si la devolución Fonasa me aparece retenida?

La devolución Fonasa se retiene cuando hay alguna situación que debe ser subsanada por parte del titular.

La devolución Fonasa puede figurar retenida por información incorrecta, "cuando existe una inconsistencia en los datos que constan en los registros de BPS, entre las personas vinculadas para la cobertura médica y el seguro de salud del beneficiario", explica el instituto previsional. Esta información debe ser arreglada por el usuario para habilitar el cobro de la devolución.

La otra causal por la que puede figurar retenida la devolución Fonasa es por deuda. Eso se da, según el BPS "cuando el organismo determina que existen obligaciones pendientes de pago por la actividad del beneficiario, como titular de unipersonal de industria y comercio, rural, servicio doméstico o construcción".

¿La devolución Fonasa paga IRPF?

Sí, por la devolución Fonasa se retiene el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los contribuyentes comprendidos en ese tributo, "debido a que los importes a cobrar por concepto de devolución Fonasa son aportes personales que fueron consideraros como deducciones para la determinación del impuesto", explicó el BPS.

"Al cálculo de los ejercicios 2011 a 2015 se aplica una retención del 20% según Resolución 575/012 de DGI de 21 de marzo de 2012. Desde el ejercicio 2016 la retención es de un 8% según Resolución 3148/017 de DGI de 26 de mayo de 2017", indicó el BPS.

Ejemplos de devolución Fonasa

El BPS puso varios ejemplos de situaciones donde corresponde o no la devolución Fonasa.

Ejemplo 1
Un trabajador sin familiares a cargo, que aporta un 4,5% mensual de su salario por Fonasa con un sueldo promedio nominal mensual que es inferior a $ 77.923. No le corresponde devolución Fonasa.

Ejemplo 2
?Un trabajador sin familiares a cargo, que aporta 4,5% mensual de su salario por Fonasa con un sueldo promedio nominal mensual de $ 85.000. Le corresponde por devolución Fonasa $ 3.809.

Ejemplo 3
?Un trabajador con dos menores a cargo cuyo amparo al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) lo otorgan ambos padres y que aporta un 6% mensual de su salario por Fonasa y percibe un sueldo promedio nominal mensual de $ 130.000. Le corresponde por devolución Fonasa $ 9.412.

Ejemplo 4
Un trabajador con dos menores a cargo cuyo amparo al SNIS lo otorgan ambos padres, aporta un 6% mensual de su salario por Fonasa y percibe un sueldo promedio nominal mensual de $ 116.885. No le corresponde devolución Fonasa.

Ejemplo 5
Un trabajador con hijos menores a cargo y cónyuge o concubina/o a cargo, aporta un 8% mensual de sus salario por Fonasa y percibe un sueldo promedio nominal mensual de $ 131.495. No le corresponde devolución Fonasa.

Ejemplo 6
Un jubilado o pensionista sin menores o mayores con discapacidad a cargo, aporta un 4,5% mensual de su pasividad por Fonasa, con un ingreso promedio nominal mensual menor a $ 84.417. No le corresponde devolución Fonasa.

Ejemplo 7
?Un jubilado o pensionista sin menores o mayores con discapacidad a cargo, aporta un 4,5% mensual de su pasividad por Fonasa, con un ingreso promedio nominal mensual igual a $ 90.000. Le corresponde por devolución Fonasa $ 3.015.

Ejemplo 8
Un jubilado o pensionista con un menor a cargo y cónyuge o concubina/o a cargo, aporta un 8% mensual de su pasividad por Fonasa, con un ingreso promedio nominal mensual de $ 142.453. No le corresponde devolución Fonasa.

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