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El País consultó directamente un oficial de la Unión Europea (UE) sobre el cambio que pide el bloque a Uruguay.
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El martes Uruguay fue ingresado por el Consejo de la Unión Europea (UE) en una lista de países cooperantes pero que “aún no cumplen todas las normas fiscales internacionales”. Varios expresaron las razones que podrían estar detrás de esto, pero El País consultó directamente a la UE. Uruguay ya había estado en esta lista entre 2017 y 2019 por algunos aspectos del régimen de zonas francas y de incentivos tributarios en el software, entre otros.
Entre algunos expertos se afirmó que el reingreso se debió a que Uruguay grava la renta proveniente de fuente uruguaya (en empresas y personas físicas) y no sigue el criterio de renta mundial (gravar la renta de empresas y personas residentes, sin importar donde se origine).
La oposición achacó la inclusión en esta lista al gobierno y señaló que se debe a que en 2020 se amplió el plazo de la exoneración de impuestos por activos en el exterior y se creó un nuevo criterio de permanencia en el país (solo 60 días) para ser considerado residente fiscal uruguayo.
El gobierno, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), emitió un comunicado en el que rechazó los argumentos de la oposición y señaló que “el ingreso de nuestro país en dicha categoría responde a exigencias adicionales por parte del Grupo del Código de Conducta de la UE para con Uruguay, que en ningún caso responden a modificaciones normativas implementadas desde 2020 a la fecha”.
El MEF dijo que “durante todo el año 2020 se respondieron diversos cuestionarios respecto al sistema tributario uruguayo y, en particular, sobre el régimen de imposición territorial que aplica Uruguay”. Además, indicó que el “27 de julio de 2021, Uruguay remite nota a la UE, manifestando el compromiso de ajustar nuevas exigencias realizadas para fines del año 2022, y reitera su voluntad cooperar en temas de buena gobernanza tributaria” (sic).
El comunicado del MEF no aclaró nada sobre a qué régimen se refiere la UE ni qué cambios se comprometió a realizar.
En el comunicado de prensa del Consejo de la UE, se expresó que Uruguay fue incluido (con otras 8 jurisdicciones) en el “documento sobre la situación actual, en el que se recogen los países y territorios que aún no cumplen todas las normas fiscales internacionales pero se han comprometido” a realizar cambios.
El documento del Consejo de la UE incluye a Uruguay entre las jurisdicciones, “que se comprometieron a enmendar o abolir sus regímenes nocivos de exención de ingreso de fuente extranjera” y dijo que se les concedió “hasta el 31 de diciembre de 2022 para adaptar su legislación”.
Un documento del Grupo del Código de Conducta de la UE fechado el 24 de septiembre pasado (al que accedió El País) afirmó que “Uruguay envió una carta el 28 de julio indicando su voluntad de abordar las cuestiones planteadas por el Grupo sobre el régimen de exención de las rentas de origen extranjero de Uruguay”.
¿Entonces qué es lo que la UE cuestiona del régimen tributario uruguayo? El Grupo del Código de Conducta de la UE “recibió el compromiso de abordar y enmendar aquellas cuestiones en el régimen de exención de ingresos de origen extranjero (FSIE, por su sigla en inglés) de Uruguay que se considera que no están en consonancia con los criterios de la Guía para evaluar los regímenes de FSIE”, dijo ayer un funcionario de la Unión Europea a El País desde Bruselas.
“La característica nociva del régimen es que la legislación uruguaya no exige que las empresas cumplan con los requisitos de sustancia, ya sea por ingresos nacionales o por ingresos generados en el exterior”, agregó.
¿Qué implica esto? Por un lado, que no es que se deba cambiar todo el régimen del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) en cuanto a pasar a gravar las rentas de fuente mundial en vez de solo fuente uruguaya (el IRPF a rentas del capital mobiliario ya aplica el criterio de renta mundial).
Lo que sí debe cambiar Uruguay es gravar las rentas de algunas empresas extranjeras que no tienen sustancia en el país.
El exsubsecretario de Economía y Finanzas, Pablo Ferreri, dijo ayer a El País que la sustancia, se da por ejemplo cuando una empresa extranjera residente en Uruguay tiene una marca y cobra derechos por explotación de la misma en el exterior, pero en realidad el desarrollo de esa marca o patente no se hace en Uruguay. Simplemente se utiliza la firma de Uruguay para facturar y evitar el pago de impuestos en el país de origen. “Esto va a impactar en la instalación de holdings en Uruguay” para hacer esa estrategia tributaria, estos holdings al no tener actividad sustancial en Uruguay, no generarán un impacto fuerte en el empleo.
Ferreri recordó que “el tema de la sustancia” de algunas empresas en Uruguay, “le genera incomodidad hace tiempo” a la UE, pero “evidentemente en el último año y medio empezaron a apretar” con esto.
El exsubsecretario, que lidió con estos temas entre 2017 y 2019, puntualizó que lo que pide modificar la UE no tiene que ver ni con el régimen de residencia fiscal, ni con la ley de urgente consideración (LUC).
“Obviamente no es bueno que Uruguay aparezca en estas listas” y se debe corregir, dijo Ferreri. También señaló que aspectos vinculados a una menor transparencia incluidos en la LUC, no tienen que ver con esta lista de la UE, pero sí pueden jugar en contra en evaluaciones sobre lavado de activos.
Para Ferreri la discusión que debe plantearse Uruguay es “cómo se para ante la nueva fiscalidad internacional”, y “tiene que incluir a la sociedad en su conjunto”. Más allá del hecho puntual de la lista de la UE, otros cambios que se promueven a nivel global como el impuesto mundial a la renta empresarial y la forma de gravar la tecnología y los nuevos negocios, cuestionan algunos regímenes de promoción de inversiones que tiene Uruguay. “Varias herramientas van a estar cuestionadas y amenazadas” como el régimen de zonas francas, entre otros, y por eso el país deberá evaluar cómo ser atractivo, concluyó Ferreri.