El Banco Central del Uruguay (BCU) multó a la filial local del venezolano banco Bandes en por “incumplimiento normativo severo” en la prevención del lavado de activos, entre otras observaciones, según resolución del pasado 15 de enero publicada en su página web.
La Superintendencia de Servicios Financieros del BCU informó que detectó debilidades en la evaluación integral realizada en el Bandes en el año 2022 y en la actuación de seguimiento de 2023.
Según el BCU, si bien se han constatado avances en algunas de las observaciones que realizó en esa ocasión, se requieren más ajustes para obtener un adecuado cumplimiento de los estándares mínimos de gestión y de la normativa vigente.
“Las observaciones que se mantienen pendientes se asocian con debilidades en el funcionamiento de las estructuras de gobierno corporativo y control, en la gestión del riesgo estratégico, en el sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo y sus distintos componentes, la ausencia de un director independiente, la existencia de debilidades en los Planes de sucesión y en el cumplimiento con los perfiles de cargos, además de existir carencias en el Plan de Contingencia de Liquidez y problemas en la administración de las cuentas pasivas paralizadas”, indica la resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros.
Asimismo, “se detectaron nuevos hallazgos relacionados con un importante deterioro en la actualización de información de clientes, así como la existencia de 60 cuentas pasivas paralizadas con más de cinco años de antigüedad”, señala.
La institución informa que dichas debilidades le fueron comunicadas al Bandes el 3 de julio de 2024 y que, con fecha del 31 de julio de ese año, Bandes presentó un plan de acción para subsanar dichas observaciones.
Posteriormente, en octubre de 2024, se dio vista a la institución de las actuaciones con proyecto sancionatorio y el 12 de noviembre de 2024 el Bandes presentó un escrito con descargos, donde consideró que “las debilidades o incumplimientos relevados, no merecen la calificación de ‘incumplimiento normativo severo’” y discrepó “respecto a que la actuación de la institución no ha redundado en una reducción de las observaciones pendientes”.
Las sanciones
Entre los aspectos que el BCU evaluó que el Bandes deberá ajustar, están sus sistemas de riesgo, debida diligencia, planes de contingencia para manejar crisis de liquidez y seguimiento de relaciones comerciales.
“Dado el número de observaciones, su entidad, y que algunas de ellas se han mantenido en el tiempo, se entiende razonable imponer la sanción de multa”, dice el BCU.
El BCU señala también en que “para sanciones en materia de infracciones a la normativa sobre el sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, la infracción verificada se encuadra como incumplimiento normativo severo, ya que se ha determinado la existencia de incumplimientos que si bien individualmente podrían ser considerados de gravedad media, dado el número y la permanencia en el tiempo de algunos de ellos, la situación genera preocupación en el supervisor”.
En esta ocasión, entonces, resolvió aplicarle una multa de 650.000 Unidades Indexadas (UI, unos US$ 91.500).