Los cambios sucesivos de la meta fiscal que ha ido realizando el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) desde la creación de la regla fiscal, es un tema de análisis de economistas, habiendo diversos enfoques al respecto.
Mientras hay quienes plantean que es esperable que se realicen ajustes en las metas, en función de los factores extraordinarios que surgen (por ejemplo, la sequía en 2023), otros piensan que el MEF “corre el arco” para meter el gol de cumplimiento de objetivos trazados. También está la posición de que se deben fijar metas exigentes y que sirvan de ancla de la política fiscal.
El Consejo Fiscal Asesor (CFA) —un órgano honorario que asesora al MEF— dio a conocer su posición, al señalar que, en los hechos, puede haber desvíos de carácter transitorio —por ocurrencia de shocks externos que la política fiscal no puede controlar—, pero que las políticas fiscales podrían haber actuado como ancla en torno a las metas.
A su entender, las metas deben ser más estables y vinculadas a algún objetivo explícito de sostenibilidad de la deuda, además de contar con mecanismos de rendición de cuentas sobre los desvíos respecto a las metas y planes de convergencia de éstos hacia las metas originales.
El CFA considera que, más allá de la pertinencia de los argumentos del MEF para fundamentar los cambios en la meta de los resultados fiscales estructurales, “esta modificación puede constituir una señal negativa con potenciales daños a la credibilidad de la institucionalidad fiscal”.
En su informe, agrega que “si bien existe un trade off entre cambiar una meta ex ante y su incumplimiento ex post, el CFA entiende que los costos de cambiar la meta pueden ser mayores a eventuales (y poco frecuentes) desvíos transitorios de la meta original que puedan verificarse ex post (en las instancias de cierre fiscal y rendición de cuentas). Esto último, en la medida en que se expliciten sus causas, así como los mecanismos de convergencia.
El CFA entiende, además, que se debería distinguir entre “metas” y “proyecciones”, algo que no está estipulado en la normativa vigente, y que quita margen de maniobra para poder respaldar el problema.
Afirma que las metas deberían operar como “anclas de mediano plazo”, definidas en base a objetivos de sostenibilidad fiscal.