Redacción El País
La Dirección Nacional de la Propiedad Industrial (DNPI), del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) abrió una consulta pública sobre el “Decreto Reglamentario de Registro de Software” en el país.
El objetivo es recibir sugerencias o planteos que aporten al decreto y que podrían ser incorporados, para luego avanzar en otras etapas que exige la ley, hasta su aprobación final.
Actualmente, el registro de software se realiza en la Biblioteca Nacional y pasará al dominio de la DNPI en pocos meses, según una resolución.
Otra novedad es que se podrá realizar totalmente online, lo que favorecerá la descentralización, ya que facilitará el proceso a los ingenieros o desarrolladores que viven en el interior del país, sin tener que ir a Montevideo para ello.
El procedimiento online podría aumentar, eventualmente, el número de estos registros. En 2023 hubo unas 150 inscripciones de software (aún el año completo no está contabilizado). Se trata de una cifra baja, fundamentalmente porque el derecho de autor es facultativo (no obligatorio); lo más relevante es su función probatoria.
Es decir, con la inscripción en el registro, el titular puede probar que efectivamente es el autor de la obra (en este caso, software), lo que fortalece su posicionamiento ante litigios o conflicto entre particulares.
Así lo señaló a El País Santiago Martínez, director Nacional de la DNPI y redactor del texto del decreto reglamentario. “Más allá de la función probatoria, es provechoso registrar dado que en Uruguay existen beneficios tributarios asociados a la actividad del software”, agregó.
Asimismo aclaró que el registro de software que se realiza en la Biblioteca Nacional “no es específico”, dado que se inscriben, además de software, algoritmos de inteligencia artificial, obras literarias y otras creaciones abarcadas por los derechos de autor. Mientras que, “ahora, dentro de la DNPI pasa a haber un registro específico de derecho de software, siempre bajo normas de derecho de autor”, afirmó.
La norma de Rendición de Cuentas prevé un plazo de seis meses para que la DNPI pueda reglamentar el funcionamiento del nuevo registro de software y además elevar al Parlamento un proyecto para aprobar las tasas asociadas a esos trámites, que “no diferirán sustancialmente de las que existen hoy”, dijo Martínez.
Mientras el proceso avanza en sus distintas fases (consulta pública hasta febrero incluido, aprobación del decreto reglamentario, elevar las tasas al Parlamento y promulgación de la ley), el registro de software seguirá operando en la Biblioteca Nacional.