La nueva normativa del Banco Central que busca un sistema de pagos "más seguro" y entidades "más profesionales"

El Banco Central (BCU) emitió nueva normativa sobre el sistema de pagos en Uruguay que apunta a profesionalizar a las entidades al estilo de lo que ya ocurre con el sistema financiero.

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Pagos con la mano
Presentacion del sistema Pagos con la mano, en el supermercado Nativo de la Red Express de Tienda Inglesa, en el Almenara Mall de ruta interbalnearia km 22.5, departamento de Canelones, ND 20240528, foto Leonardo Maine - Archivo El Pais
Leonardo Maine/Archivo El Pais

Redacción El País
El Banco Central (BCU) emitió nueva normativa sobre el sistema de pagos en Uruguay. La Circular 2467 reordena el ecosistema de pagos en el país al tiempo que establece nuevas regulaciones para instituciones emisoras de dinero electrónico, adquirentes procesadores (de pagos) y proveedores de servicios de pagos y cobranzas.

El director del estudio Dentons Jiménez de Aréchaga, Federico Lemos dijo a El País que “la gran innovación está en la incorporación de requerimientos de gobierno corporativo” para este tipo de entidades.

“La norma apunta a un nivel más exigente de profesionalización de las entidades que componen el sistema de pagos, emulando en cierta forma la normativa del sistema financiero”, aseguró.

En ese sentido, explicó que esos requerimientos de gobierno corporativo son, entre otros, la necesidad de brindar información sobre las personas que ocupen cargos de directores, gerente general, gerentes, oficial de cumplimiento, síndicos, integren consejos o mesas directivas, comités de auditoría u otras comisiones delegadas.

“Para el caso de directores y gerente general, la Gerencia de Sistema de Pagos del BCU deberá aprobar previamente la designación de estas personas consideradas personal superior”, indicó Lemos. Esto es similar a lo que ocurre hoy con bancos, aseguradoras y AFAP que la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU debe aprobar previamente los nombramientos de personal superior.

Banco Central del Uruguay
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Foto: Archivo El Pais

Por otro lado, la Circular establece para las empresas del sistema de pagos “cometidos del directorio tales como aprobar anualmente el plan del oficial de cumplimiento o supervisar el desempeño de la alta gerencia. También establece cometidos para la alta gerencia”, apuntó Lemos.

“Por otro lado, exige que las instituciones cuenten con un área de auditoría interna o comité de auditoría, en función del riesgo complejidad o volúmenes operados según lo que reglamente la gerencia del sistema de pagos”, añadió.

En tanto, la socia de Dentons Jiménez de Aréchaga, Mariela Ruanova señaló a El País que la nueva Circular establece nuevas potestades sancionatorias por parte del BCU. En ese sentido, indicó que “podrá sancionar a las entidades reguladas no solo cuando éstas incumplan la Recopilación de Normas de Sistema de Pagos, sino también cuando existan incumplimientos a instrucciones particulares dictadas por el directorio del BCU o u otras normas generales de relevancia en la actividad regulada”.

“Estos cambios en las potestades sancionatorias van de la mano con las nuevas competencias regulatorias asignadas al BCU, que tiene a su cargo la no menor tarea de velar por el cumplimiento de la normativa en materia de interconexión de las redes (antes bajo la órbita de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación)”, ya que “sin interconexión ni interoperabilidad ningún sistema de pagos electrónico podría funcionar en forma saludable”, afirmó Ruanova.

Por otro lado, la normativa consolida la figura del “adquirente de pagos con transferencia de fondos nacionales”, que tendrá a su cargo la liquidación y pago de las operaciones de pagos rápidos como es el caso de Toke, el nuevo sistema de pagos con código QR recientemente lanzado.

Pago con QR
Pago a través de código QR.
Foto: Estefanía Leal/El País.

“Estos nuevos adquirentes, no podrán liquidar operaciones con tarjetas de crédito o débito como los adquirentes tradicionales, pero como contracara su ingreso a la actividad será más fácil, en tanto para poder operar, deberán cumplir con menores requisitos regulatorios que los adquirentes que hoy conocemos. Esta nueva figura dinamizará el mercado, permitiendo el ingreso de nuevas empresas a la ‘adquirencia de pagos rápidos’. Imaginamos a las ya conocidas que operan con pagos con QR, para las cuales esta actividad resultará complementaria pudiendo prescindir de un intermediario en la cadena de pagos, además de otras fintech a las que les pueda interesar esta actividad”, apuntó Ruanova.

Lemos señaló que “dada la relevancia” que cobra el sistema de pagos, esta Circular del BCU “parece un camino lógico para recorrer y tender hacia un sistema más seguro con entidades más profesionales”.

“Sin embargo, no debe perderse de vista que los requerimientos normativos se traducen al final del día en costos y va a ser muy importante encontrar ese equilibrio entre contar con un sistema más seguro y no cargar de costos innecesarios a las entidades del sistema ya que eso podría tornar menos atractivo el sector que hoy en día es tan pujante en Uruguay tanto para el sistema de pagos local como para el que apunta al exterior”, concluyó.

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