SITUACIÓN
El regulador modificó el régimen de emisión de valores de oferta pública para fomentar su uso.
Con el objetivo de fomentar el mercado de valores uruguayo, la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) del Banco Central (BCU) realizó modificaciones a la normativa referida a la emisión de valores de oferta pública en régimen simplificado.
Los cambios buscan “fomentar el uso del régimen por parte de sociedades comerciales residentes, como una alternativa de financiamiento”, indicó a El País el gerente senior de Deloitte Legal, Javier Domínguez.
Entre los principales cambios, la normativa establece que solo pueden participar de este régimen las sociedades comerciales residentes. El régimen anterior estaba reservado para empresas residentes, pero con ventas anuales (excluido el impuesto al valor agregado) de entre dos millones de unidades indexadas (UI) y 75 millones de UI, o su equivalente, en cada uno de los dos últimos ejercicios económicos.
“Podemos decir que este régimen es accesible no solo por pequeñas y medianas empresas (pymes). No obstante, las sociedades con ventas anuales (excluido el impuesto al valor agregado) superiores a 75 millones de UI o su equivalente, solo podrán realizar emisiones de valores representativos de deuda”, explicó Domínguez.
Asimismo, según señaló el BCU, las emisiones en circulación en régimen simplificado no podrán superar los 100 millones de UI por emisor o emisores que pertenezcan a un mismo conjunto económico.
“En términos generales, el régimen de emisiones simplificado anterior estaba reservado para inversores institucionales y personas físicas o jurídicas, con activos financieros superiores a cuatro millones de UI”, señaló el socio de Deloitte Legal, Juan Bonet.
Si bien ese límite se elimina, se establece otro para el inversor pequeño. En este sentido, el BCU estableció que considera inversores pequeños a aquellos cuyos activos financieros sean inferiores a un millón de UI y su inversión no puede superar las 120.000 UI por emisión ni 360.000 UI en valores emitidos en régimen simplificado.
De acuerdo con Domínguez, si bien el régimen de emisiones simplificadas de valores de oferta pública fue reglamentado en noviembre de 2016, con el objetivo de eliminar algunos costos regulatorios para incentivar el uso del mercado de valores por parte de las pymes como una vía de financiamiento, “tales incentivos no fueron percibidos por el mercado como suficientes, al punto que dicho régimen no ha sido utilizado en la práctica”.