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Representantes de empresas de transporte de carga terrestre argentinas recurren decreto en Uruguay

En diciembre pasado, el Poder Ejecutivo promulgó una ley y aprobó un decreto que obliga a las empresas argentinas que realizan fletes en Uruguay a ya no cobrar en efectivo.

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Camión de palos. Camión de carga de madera en ruta
Transporte de carga de madera: camión de palos
Foto: Archivo El País

Por Pía Mesa
Más de 20 empresas representantes en Uruguay de las compañías de transporte de carga terrestre argentinas, reclaman que la normativa que establece pagos de fletes vía transferencia bancaria es inconstitucional. Ya presentaron recursos administrativos contra el decreto reglamentario y solicitaron la suspensión de la normativa.

En diciembre pasado, el Poder Ejecutivo promulgó una ley y aprobó un decreto reglamentario de la misma, que obliga a las empresas argentinas que realizan fletes en Uruguay, a cobrar sus servicios a través de transferencia bancaria o por entidades financieras, y no en efectivo como lo venían haciendo hasta el momento. Esto, con el objetivo de que los transportistas argentinos no se lleven dólares desde Uruguay para luego cambiarlos en el mercado paralelo, al dólar blue argentino y así ofrecer fletes más baratos.

La abogada que lleva adelante el reclamo, Cristina Olaso -defensora de las empresas representantes de las compañías argentinas en Uruguay- explicó a El País que ya presentaron recursos administrativos contra el decreto reglamentario y también contra la resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), en la que se establecen los nuevos requisitos y el mecanismo de control de la normativa. Además, en los próximos días presentarán una acción de inconstitucionalidad de la ley.

La abogada dijo que la ley “carga la responsabilidad” en los representantes administrativos en Uruguay de las empresas argentinas. “Es bastante equivocada la ley por cuanto le impone una responsabilidad que no puede asumir, porque es sobre la forma de contratación y pago que hace la empresa argentina con su cliente y ellos son representantes administrativos, no pueden asumir la condición de gestor de negocios o intermediarios porque no la tienen”, afirmó.

Asimismo, aseguró que la ley “es inconstitucional” porque “violenta el principio de igualdad establecido en la Constitución de la República”, así como también porque “se funda en un elemento que no es cierto, en cuanto a que habría una competencia desleal del transportista argentino con el uruguayo”, indicó.

En defensa de este argumento, Olaso explicó que “para que haya competencia desleal tiene que haber una acción volitiva (con voluntad) y deshonesta para perjudicar al otro y acá no hay nada de eso, sino que hay una coyuntura externa a cualquier empresario transportista, que es una diferencia cambiaria”, señaló.

En este sentido, la abogada afirmó que la diferencia cambiaria entre Argentina y Uruguay “tiene consecuencias en toda la economía y no solo en el transporte”. Por lo que manifestó que la ley “pretende corregir una situación económica coyuntural” en función “del interés particular de una corporación que se siente perjudica-da”, dijo en alusión a los reclamos de la Cámara Autotransporte Terrestre Internacional (Catidu).

“Las leyes se tienen que hacer en aras del interés general”, señaló Olaso y dijo que la normativa “ya llevó” a un aumento de los fletes argentinos en Uruguay. “Es absurdo que se esté encareciendo el transporte, sobre todo teniendo en cuenta la emergencia hídrica del país en la que ganaderos y productores precisan importar suplementos desde Argentina”, indicó.

Por otra parte, criticó que la ley “vulnera el espíritu” de la normativa de Inclusión Financiera, modificada por la ley de Urgente Consideración, que estableció que el pago de las operaciones pueden realizarse en efectivo, hasta la suma de 1 millón de Unidades Indexadas, (US$ 145.509 a hoy). “Si cobran por transferencia bancaria, los argentinos en lugar de cobrar US$ 1.000 (por un flete), van a cobrar el equivalente a US$ 500”, por la brecha cambiaria entre el dólar oficial y el paralelo en el país vecino, explicó.

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