Se viene el plan de beneficios para deudores en Unidades Reajustables: quiénes acceden y cómo se hace

Establece una serie de beneficios para facilitar el pago a deudores de créditos hipotecarios en Unidades Reajustables (UR), que fueran asumidos antes del año 2009.

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Protesta. Grupo de deudores en UR se han venido movilizando al sentirse perjudicados; pero para el gobierno no todos lo fueron. Foto: archivo El País.
Grupo de deudores en UR insistieron por varios años en solución legal.

Redacción El País
En las próximas semanas estará en marcha el denominado Plan UR, que establece una serie de beneficios para facilitar el pago a deudores de créditos hipotecarios en Unidades Reajustables (UR), que fueran asumidos antes del año 2009. El plan implementa lo dispuesto por la ley 20.237, que estableció ciertos beneficios para facilitar el pago a los titulares de créditos en UR.

Para poder ser beneficiario, los requisitos son: ser persona física titular de un crédito en UR; el crédito debe estar vigente y haber sido destinado para vivienda propia; el monto del crédito original no debe haber superado los US$ 80.000 a la fecha de su otorgamiento y el crédito debe haber sido asumido antes del 1° de enero de 2009.

Hay 17.762 familias con créditos en UR que serán beneficiarias, divididas en tres categorías.

Un grupo de 1.636 familias estará en condiciones de ser propietaria (se extingue su crédito). Son aquellos que tomaron el crédito para comprar o refaccionar una vivienda antes del 31 de diciembre de 1983. Es decir, ya no tendrán que pagar más cuotas. En este caso, se exige que el titular haya realizado al menos 110 pagos en los últimos 10 años, tenga 40 años o más, el saldo del crédito debe ser igual o inferior al 65% del capital adeudado al momento de la asunción del crédito por el titular actual y que que se firme en un plazo de dos años la escritura de cancelación de hipoteca o de compraventa del inmueble.

Un segundo grupo de familias tendrá el beneficio de una tasa de interés de 0% y por lo tanto podrán cancelar su crédito en un tiempo menor. Esto es para aquellos deudores en UR que hayan tomado su crédito entre el 1° de enero de 1984 y el 31 de diciembre de 1993.

El tercer grupo accederá a una tasa de interés no mayor al 2,5%. Son quienes tomaron su préstamo entre el 1° de enero de 1994 y el el 31 de diciembre de 2008. Aquellos créditos que en la actualidad cuentan con una tasa por debajo del 2,5%, mantendrán la tasa más beneficiosa.

La comunicación del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT) recordó a los beneficiarios que "es indispensable mantener al día el pago de sus cuotas, ya que la ley indica que faltar tres cuotas consecutivas implica perder los beneficios y volver al régimen anterior".

Conferencia del MVOT sobre reglamento de fideicomiso para deudores en UR
Raúl Lozano, ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial.
Estefania Leal/Archivo El Pais

¿Cómo sabrán los deudores en UR qué beneficio tienen?

Para saber si se accede a los beneficios del Plan UR, se deberá contar con una identidad digital en la plataforma ID Uruguay.

Los titulares de crédito no deben realizar ningún trámite para acceder a estos beneficios, acceden a la información exclusivamente en la web de la ANV.

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