Sepa cómo es el nuevo régimen de vivienda promovida

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Decreto elimina restricciones al régimen de vivienda promovida. Foto: Archivo El País
Régimen de vivienda promovida.
Foto: Archivo El País

NUEVO DECRETO

El gobierno emitió un decreto que elimina ciertas restricciones dentro del régimen que brinda exoneraciones a los constructores.

Ayer se publicó el decreto que modifica la ley 18.795 de Promoción de la Vivienda de Interés Social que, desde el año 2017, comenzó a llamarse régimen de viviendas promovidas y que brinda exoneraciones de impuestos a la construcción bajo ciertas condiciones.

El decreto, con fecha del 16 de abril, fue firmado por el presidente Luis Lacalle Pou y tiene como principales objetivos la reactivación de la economía, la generación de empleo y facilitar el acceso a la vivienda a los “sectores de ingresos bajos, medios bajos y medios del país”.

Las modificaciones realizadas respondieron a un reclamo del sector privado de la construcción que afirmaba que tras los múltiples cambios que había tenido la normativa a lo largo de los últimos años, el negocio había dejado de ser rentable para los constructores privados.

Las principales modificaciones tienen que ver con las características de las viviendas que pueden construirse bajo este régimen (se permite ahora la construcción de monoambientes), la eliminación de los topes en los precios de arrendamiento, los topes en la cantidad de viviendas promovidas construidas (también recicladas o refaccionadas), entre otras. El principal reclamo que venía realizando desde hace años el sector privado consistía en la eliminación de los topes de precio para venta y arrendamiento de los apartamentos construidos bajo el régimen, tanto en Montevideo como en el interior del país.

Según indicó el gerente de la Asociación de Promotores Privados de la Construcción (Appcu), Aníbal Durán, a El País, sin el tope en el precio del 25% de las unidades de cada obra que había definido en 2014 el Ministerio de Vivienda (Mvotma), la construcción en el interior del país “se va a reactivar”.

El segundo cambio legal dentro del régimen de viviendas promovidas es que se permitirá la construcción de monoambientes.

Antes la normativa lo habilitaba pero luego se prohibió porque se entendió que no era una solución habitacional acorde a las necesidades de las personas.

Sobre este punto, el artículo quinto del nuevo decreto señala que “podrán declararse promovidos” los proyectos de inversión que “cuenten con áreas habitables iguales o superiores a 25 metros cuadrados e iguales o inferiores a 40 metros cuadrados, para aquellas unidades de un ambiente que den cumplimiento a lo establecido en la normativa municipal del departamento correspondiente”.

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