Publicidad

Tras el caso Pluna, ¿qué otros arbitrajes internacionales enfrentó Uruguay y cuáles fueron sus resultados?

Ante el fallo negativo contra el Estado uruguayo, el país deberá pagar US$56 millones por las actuaciones “inconsistentes, imprudentes e irracionales” del gobierno de José Mujica en 2012 para el cierre de Pluna, perdiendo así el invicto que tenía.

Compartir esta noticia
Los arbitrajes internacionales que enfrentó Uruguay y cómo le fue.
Los arbitrajes internacionales que enfrentó Uruguay y cómo le fue.
Foto: Archivo El País

Con el fallo en contra del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) del Banco Mundial, por el caso Pluna, el Estado uruguayo perdió su invicto en materia de arbitrajes de inversión internacional y deberá pagar US$ 56 millones en principio. ¿Cuáles han sido los casos de arbitrajes internacionales de inversión que enfrentó Uruguay y cómo resultaron sus fallos?

Por motivos de fondo o por jurisprudencia, los fallos decretados por los tribunales internacionales, en los diferentes casos que enfrentó Uruguay en esta materia, marcaban un camino de resultados favorables para el país, hasta el último dictamen referido al accionar del gobierno de José Mujica en 2012 contra Pluna. Según el fallo al que accedió El País, el Ciadi entendió que Uruguay tuvo actuaciones “inconsistentes, imprudentes e irracionales”.

Como habían explicado desde Ferrere Abogados a El País —firma que participó en la representación de la demandante panameña Latin American Regional Aviation Company Holding (Larah) en el caso Pluna—, la litigiosidad en materia de arbitrajes de inversión ha crecido en el último tiempo, en donde todos lo países han sido “bautizados”con alguna demanda.

En un arbitraje de inversión, usualmente el inversor reclama la expropiación directa o indirecta (una combinación de medidas que tienen un efecto expropiatorio) de su inversión, o que no tuvo un trato justo o equitativo, donde se violan determinados tratados de inversión entre países mediante los cuales se otorgan protecciones recíprocas a sus inversores con el objetivo de atraer inversión extranjera.

En este orden, ¿cuáles fueron los casos que enfrentó Uruguay en los últimos años?

Philip Morris

En 2010, la tabacalera Philip Morris inició un arbitraje contra Uruguay por las medidas antitabaco desarrolladas por la entonces administración de Tabaré Vázquez, bajo el tratado bilateral de inversiones (TBI) ratificado con Suiza en 1988.

En febrero de 2010, la tabacalera demandó por US$ 25 millones al Estado uruguayo por considerar que sus políticas antitabaco perjudicaban comercialmente a la empresa.

En concreto, las denuncias partieron de dos medidas adoptadas por Uruguay. Por un lado, una medida fue la prohibición de comercializar más de una variedad de cigarrillo (la exigencia de presentación única), que eliminaba la variante “light” junto con otras, y, la otra medida, fue la obligación de colocar advertencias sanitarias en el empaque, equivalentes al 80% de la cajilla.

El 8 de julio de 2016,el fallo arbitral desestimó las denuncias formuladas por la empresa tabacalera, tras considerar que se trataba de medidas ajustadas al tratado. A su vez, desde el gobierno se esgrimió que la defensa se basó, principalmente, en la soberanía del país en desarrollar sus políticas de salud pública.

El Ciadi determinó que Phillip Morris debía pagar US$7 millones a Uruguay por honorarios y costos de representación.

Italba

En 2016, la empresa de telecomunicaciones estadounidense Italba Corporation, proveedora de servicios de banda ancha satelital, inició un arbitraje contra Uruguay bajo el TBI con Estados Unidos, como consecuencia de la revocación a la autorización que tenía Trigosul S.A. —su empresa subsidiaria- para prestar servicios de transmisión de datos y líneas digitales inalámbricas— otorgada en el 2000. Eso fue por atrasos en el pago del canon mensual a la Unidad Reguladora de Servicio de Comunicaciones (Ursec).

El planteo de la empresa se basó en una resolución del entonces presidente José Mujica en 2011.

A diferencia del fallo en el caso de Phillip Morris, el Ciadi falló a favor del Estado uruguayo y se basó en cuestiones de jurisdicción. “Italba Corporation no es dueña de Trigosul S.A. ni la controla, por lo que Italba Corporation no es una inversora”, según había publicado el medio especializado CIAR Global sobre el fallo.

De este modo, el tribunal rechazó el reclamo de la empresa por US$ 100 millones contra Uruguay y la condenó a reembolsar al Estado casi US$ 6 millones por los costos del juicio.

Luego, la empresa solicitó la anulación del fallo, pero en 2019 el Ciadi desestimó la solicitud ya que la empresa no había abonado los costos que se solicitaban para esta instancia.

Petrobras

La brasileña Petrobras demandó en 2017 al Estado uruguayo, por intermedio de sus empresa en Uruguay, Montevideo Gas y Conecta, ante la Cámara de Comercio Internacional (CCI), debido a que entendió que “las condiciones en que las concesiones a sus distribuidoras de gas en Uruguay se realizaron” en 1994 y 1999 “no perduraron” y que debido a “los cambios en las condiciones de las exportaciones del gas argentino para Uruguay”, el precio de la importación del gas argentino para el país se multiplicó “por ocho entre 2005 y 2015”,según un comunicado que publicó ese año.

Conecta inició acciones legales en abril de 2017 y pretendía que se declarara que el Estado incurrió “en graves y reiterados incumplimientos” del contrato de concesión, que le permitía la construcción, explotación y distribución de gas fuera de la ciudad de Montevideo. En el marco de la interrupción en la construcción de la planta regasificadora, también la empresa Montevideo Gas inició acciones legales contra el Estado.

Estos reclamos se hicieron bajo las concesiones, por lo que fueron casos comerciales y no de inversión.

Según dio a conocer en 2019 el entonces secretario de la Presidencia, Miguel Ángel Toma, el tribunal internacional rechazó la demanda de Conecta, “que se situaba en US$ 80 millones”. Este fallo se recibió el mismo día que el laudo del caso Italba.

Una vez desestimada la demanda a favor de Uruguay en el caso de Conecta, el gobierno y Petrobras alcanzaron un acuerdo en donde las concesiones caían el 30 de septiembre de 2019 y la empresa acordó levantar los litigios en curso, descartar otros futuros y comprometerse a un retiro sin indemnización por parte del Estado.

El único fallo que Uruguay tuvo en contra

El 13 de febrero, el Ciadi falló en contra del Estado uruguayo en la demanda que la sociedad panameña Latin American Regional Aviation Company Holding (Larah), exaccionista de Pluna, planteó por violar el Tratado de Protección Recíproca de Inversiones entre Panamá y Uruguay. La condena se debió al proceder del gobierno uruguayo que “no solamente” fue una “violación de la obligación de la demandada de otorgar trato justo y equitativo, sino también una expropiación indirecta ilícita de la inversión de Larah en Pluna”.

Con idas y vueltas: aún queda un caso en "espera"

Si bien se puede tomar como el primer caso perdido el de Pluna, hay uno que aún no cuenta con un resultado claro. En 2017, la minera Aratirí, empresa subsidiaria uruguaya del grupo Zamin Ferrous, anunció que demandaría a Uruguay ante la Corte Permanente de Arbitraje (CPA) por US$ 3.356 millones por considerar que el Estado uruguayo había modificado las reglas de juego con las que este grupo iba a realizar la extracción de hierro en la zona de Valentines (localidad bajo la administración de los departamentos de Treinta y Tres y Florida).

El arbitraje comenzado por la empresa en 2018, bajo el TBI con el Reino Unido, se argumentó en la conducta arbitraria y no transparente, contraria a las expectativas de los inversores. La empresa aseguró que los cambios normativos en la legislación de minería de gran porte que involucraron cambios en los topes que debían pagar las empresas mineras y las idas y vueltas de la ubicación física de la terminal portuario del proyecto, fueron determinantes para demandar al país. En 2020, el tribunal arbitral del caso falló a favor de Uruguay, tras resolver la falta de jurisdicción respecto al acuerdo bilateral en que se fundaban los reclamos y condenó a Aratirí a pagar US$ 4 millones por costos del juicio. Esta determinación no contó con el tratamiento del fondo de la demanda.

Ante el fallo adverso, los demandantes pidieron la revisión del laudo a la Corte de Apelación de París, que en 2023 anuló el fallo favorable para Uruguay argumentando que el tribunal arbitral erró al declararse sin jurisdicción. Junto con esta anulación, el país fue condenado a pagar 150.000 euros por costos del proceso.

Uruguay apeló ante la Corte de Casación, que ahora tiene esta resolución bajo estudio. Se espera que la decisión se de a conocer en la segunda mitad del año.

Ante esta anulación, los demandantes podrían comenzar un arbitraje nuevo contra el Estado uruguayo.

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

inversión privadaPluna.premium

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad