El Frente Amplio aún se encuentra elaborando su propuesta electoral, en lo que sería su plan de gobierno para el próximo período.
Pero en las actuales circunstancias, el Frente Amplio y sus candidatos olvidan que -para ser coherentes- están obligados a presentar no uno, sino dos programas de gobierno, completamente diferentes, según resulte que el próximo 27 de octubre, se apruebe o no, la reforma constitucional sobre la seguridad social.
Es claro que no pueden hacerse los distraídos y no decirles “toda la verdad y nada más que la verdad” a los compatriotas. Ello implica ilustrar a la ciudadanía, con claridad, que el Frente Amplio como partido político -en la realidad- promueve a la vez, dos iniciativas contradictorias, antagónicas, con diferencias radicales, que además, tienen una enorme trascendencia respecto de la economía nacional, las finanzas públicas y la viabilidad del sistema de seguridad social.
Una, que seguramente resultará aprobada por unanimidad de los grupos y partidos, como “programa común”, que estará compuesta de frases vagas con abundantes promesas de bienestar y justicia social, sin definir de qué forma la llevarían a cabo, ni cómo las financiarían, aunque les consta que las finanzas públicas se encuentran equilibradas, la inflación controlada y el crecimiento asegurado.
Otra -francamente opuesta al “programa común”, ya que lo destruye totalmente, nacida y promovida en el seno del Partido Comunista y el Partido Socialista, con la cómplice pantalla de la central sindical- a favor de la reforma constitucional que, de aprobarse en el plebiscito, provocaría una hecatombe en las finanzas públicas, con la generación inmediata de una deuda pública imposible de sostener, obligando a reducir drásticamente el gasto público y las transferencias sociales, aumentando concomitantemente la imposición tributaria sobre todos los ciudadanos.
La última noticia al respecto, es la aparición del documento de “los 112 frenteamplistas por el NO”, que ratifica técnicamente que, si se aprobase la reforma, se produciría ese gravísimo y permanente daño a la economía nacional, lo que levantó agravios desde los reformistas que insistentemente les reclaman silencio, en aras de preservar la unidad del partido.
Pero para eludir su responsabilidad como partido político, el Frente Amplio no puede argumentar que la propuesta reformista no es compartida por sus candidatos Orsi y Cosse o que solo es una iniciativa particular de dos de los partidos integrantes de la “fuerza política”, que son autónomos en sus decisiones en tanto esta decidió -por unanimidad- otorgarles “libertad de acción” e “inmunidad de críticas”.
Desde el punto de vista de la causalidad de los hechos, que derivaron a la actual situación en la interna del Frente, este tenía la posibilidad y el deber moral, de imponer la posición sostenida por la mayoría -en definitiva la democracia implica el gobierno de la mayoría- para evitar el daño al país, resultante del irresponsable impulso demagógico y populista de los partidos Comunista y Socialista.
No es admisible que cuando están en juego intereses y derechos fundamentales, la mayoría renuncie al ejercicio de la democracia interna, cediendo a la presión indebida de la minoría y, peor aún, además, renunciando a controvertir con ella, allanándole el camino para que se manejen cómodamente en la campaña electoral, reclutando adeptos con el simplísimo argumento de que a través de su sanción se baja la edad jubilatoria y se aumentan las jubilaciones y pensiones.
Por ello, al facilitarlo y no impedirlo por falta de coraje cívico, todo el Frente Amplio, como partido, será el responsable del daño al interés general, si acaso el plebiscito se aprobara, pues ha actuado con conciencia plena de que existe un riesgo cierto de que la reforma pueda llegar a aprobarse y no actuó para evitarlo.
Precisamente, a propósito de cómo se mide la responsabilidad, nuestro Código Penal, en una norma general aplicable a todos los ámbitos del Derecho, define así, el “dolo eventual” que es lo que califica y define el actual accionar del Frente como conducta intencional o dolosa, expresando: “El resultado que no se quiso pero que se previó, se considera intencional”.
Cairoli, comentando la referida disposición nos ilustra: “En el dolo eventual se cuenta con la posible o probable producción de un resultado, lo que supone una posibilidad muy seria de su realización y se requiere que el agente tome en cuenta muy seriamente el peligro de que ocurra el resultado previsto como posible.”
“El sujeto actúa con dolo eventual -continúa Cairoli- cuando la convicción del resultado previsto como posible no lo hizo desistir de su acción, por lo que puede decirse que se ha comportado con el motivo egoísta tan característico de esta clase de dolo”.
No recordamos en la historia política de nuestro país, la existencia de un partido político “bifronte”, con dos caras opuestas -como el dios Jano- sosteniendo en simultáneo, en una instancia electoral, dos posiciones contrarias, tan francamente antagónicas, con consecuencias tan graves.
Pues no se trata de dos posiciones diversas sobre un mismo asunto sostenidas por grupos diferentes dentro de un partido, sino de una propuesta promovida por dos grupos -pero tolerada por los restantes, a través de la “libertad de acción”- que contradice abiertamente, lo que todo propio partido propone como su “programa común” y allí radica la gravísima incongruencia e irresponsabilidad colectiva.
Por lo tanto, el Frente Amplio, autor intencional de ambas iniciativas deberá plantear a la ciudadanía, además de su “programa común” -edulcorado con múltiples promesas electorales- el “plan B” alternativo, que tenga como supuesto real el efecto a producirse por la reforma, que, en la eventualidad de que sea aprobada, sin ninguna duda, le impedirá cumplir con el primero, de lo que será exclusivo responsable, tanto por acción como por omisión.