La huelga y la OIT

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Por arte de alguna explicación más política que profesional hemos estado asistiendo a una suerte de noviazgo ideológico entre las centrales sindicales de Uruguay y Argentina. Hace pocos días, el contubernio rioplatense ha sellado un compromiso para llevar una postura común en la próxima 112 Conferencia Internacional del Trabajo de Ginebra. El tema central es la defensa de la Huelga como reivindicación.

No sorprende y hasta acompañaríamos en la medida que sea un instrumento de lucha del trabajador agremiado enmarcado en el conjunto de derechos constitucionales que garantizan las relaciones de todos y cada uno de los miembros de una sociedad. En cualquier caso, nos hace segregar jugos gástricos ácidos cualquier asociación del sindicalismo nuestro con la turbia historia que caracteriza a sus colegas argentinos. Pero hagamos un poco de historia para entender el problema.

La Constitución de la OIT ya tiene más de 100 años y si bien ha tenido enmiendas no aparece en su texto original el concepto: Huelga. La OIT recomienda a las naciones la protección del salario, apela a la lucha contra la pobreza, habla de la libertad de expresión y asociación y del derecho de cada persona a perseguir su bienestar económico y desarrollo. Y luego se remite a convenios que han ido surgiendo como el 87 sobre Libertad Sindical, pero siempre el término “Huelga” es un desprendimiento de la evolución del ejercicio de autotutela de derechos.

Hoy la OIT vive un proceso de revisión interna de las potestades de la Comisión de Expertos en cuanto a la aplicación de normas interpretativas del famoso convenio 87 de Libertad Sindical. A partir de 2012 el lobby de la representación de los empresarios ha neutralizado una visión de extensión ilimitada del derecho de Huelga y otros temas sobre la negociación colectiva. Y eso ha permeado en los organismos internos de la OIT al punto que las funciones inspectivas de la Comisión de expertos han quedado en suspenso.

La OIT apunta más a las relaciones de cooperación que a las de conflicto. Y buscando entender (me cuesta mucho créanme) a nuestro Pit-Cnt. Siento que busca plegarse a una delegación argentina que hoy tiene que “jugar a la defensiva” frente al embate de un gobierno de Milei. Y cuando ves las barbas de tu vecino arder…

En fin. Siento además que el Pit-Cnt tiene su agenda propia y es instalar en OIT la “ocupación” como extensión legítima del derecho de Huelga. Las normas específicas del gobierno de Mujica y luego la LUC le han jugado en contra a dicha aspiración.

Frente a todas estas trabas el Comité de Administración de la OIT ha decidido (en base al art 37 de la Constitución de la misma) someter este “bloqueo” sobre la Huelga a la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Es casi una confesión de inoperancia.

Algún día habrá un pronunciamiento sobre el tema y nadie puede esperar avances pronunciados en sentido alguno en un mundo en el que la agenda laboral se dirige hacia otros desafíos.

El problema con los refugiados, teletrabajo o falta de trabajo, robótica o inteligencia artificial y la proliferación del informalismo parecen ser temas que deberían ocupar la atención del mundo del trabajo y no tanto los delirios piqueteros de Abdala y sus noveles socios “peronchos”.

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