Otra vez Raúl Sendic

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Existe una remota posibilidad de que el fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, según el cual la administración de Ancap presidida por Raúl Sendic cometió “desviación de poder” al apartar de su cargo a un funcionario que denunció reiteradas irregularidades en el pago de facturas de la División Portland, despierte el nervio republicano en las autoridades implicadas.

Existe una remota posibilidad de que el fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, según el cual la administración de Ancap presidida por Raúl Sendic cometió “desviación de poder” al apartar de su cargo a un funcionario que denunció reiteradas irregularidades en el pago de facturas de la División Portland, despierte el nervio republicano en las autoridades implicadas.

Quizás esta vez, y ante la alta jerarquía institucional del Tribunal, el Plenario del Frente Amplio se ponga a la altura de las circunstancias y le pida explicaciones al vicepresidente y a sus compinches, ante lo que parece un nuevo escándalo en las puertas del oficialismo, sin visos de estratagema electoral. Quizás haga lo mismo el Ejecutivo del Partido Colorado con el director Juan Amaro.

Quizás el entusiasmo y compromiso con el Derecho de Javier Miranda, flamante presidente del Frente, haga funcionar los mecanismos internos de contralor para aclarar el asunto, y en caso de no obtener una explicación, ponga fin a la lenidad con la que actuó su fuerza política con Raúl Sendic.

Una fuerza política que, si para algo no nació, es para ocultar irregularidades, apañar irresponsables y sancionar a los funcionarios valientes.

Quizás el directorio de Ancap, integrado por técnicos competentes y personas de bien, salga del capullo en el que lo colocó el Poder Ejecutivo y abra una investigación, que no por tardía, dejará de ser justa y oportuna.

Quizás ahora, que el tema tomó estado público y se conoce el fallo del TCA, el fiscal subrogante de Juan Gómez, quien archivó la demanda presentada por el funcionario damnificado por entender que no era más que un “mero enfrentamiento entre funcionarios”, pueda reabrirla y hacer justicia.

Ante el hecho superveniente, quizás entienda del caso aplicar el Art. 164 del Código Penal, que castiga al jerarca que “omitiere o rehusare sin causa justificada ejecutar un acto impuesto por los deberes de su cargo”, como investigar las denuncias de irregularidades. O quizás el Art. 162, que manda tras las rejas al funcionario público que, “con abuso de su cargo… ordenare cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares”.

Es que el fallo del Tribunal es, además de unánime, contundente.

Para todos sus miembros, “surge claramente que no solo no fueron investigados los hechos denunciados, sino que se buscó separar al actor para de algún modo «callarlo»”.

Quizás el fiscal de Corte, Jorge Díaz, considere oportuno ensayar una de sus novedosas “instrucciones generales” a los fiscales, para que ninguno de ellos dude en juzgar, con todo el celo jurídico del que sean capaces, la conducta de los administradores de los bienes públicos, cualquiera sea su jerarquía o su condición.

Quizás nada de esto ocurra, y sigamos como de costumbre, creyendo que vivimos en el mejor de los mundos posibles y que los oficiales de Justicia, los gobernantes y los actores políticos en general, están allí para hacer respetar las leyes y velar por nuestro patrimonio.

Quizás un día despertemos y sea demasiado tarde.

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Gerardo Sotelo

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