¿Qué es corrupción?

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El mal uso por parte de un funcionario de su autoridad y de los derechos que se le confían. Abusos en beneficio propio o de un 3° o de una causa más allá del interés personal. (Robo para la Corona).

El ordenamiento jurídico uruguayo fija límites para la actuación del servidor público. Porque la gestión pública y la privada supone un buen grado de discrecionalidad. La discrecionalidad esta siempre presente porque desde el más humilde funcionario hasta el Presidente toman decisiones y no todas ellas están reguladas por ley. Va de suyo que siempre hay un margen para decidir en medio de intereses difusos y -muchas veces- conflicto de intereses.

Esa discrecionalidad no puede ni debe ser ilimitada. El estatuto del funcionario o Tocaf o la ley y la Constitución restringen la discrecionalidad. Agregaría la moral so pena de posar como ingenuo. El límite válido es LA LEY. ¿Algo ha cambiado en el Uruguay en décadas? Poco. Solo normas jurídicas que modernizan controles. Pero el sistema reposa en los mismos principios. Entonces ¿es más grave hoy?

¿Por qué habiendo mayor escándalo público la percepción ciudadana sobre las sanciones a la corrupción parece ser de impunidad que viola el principio de igualdad ante la ley?

Uno de los debates mediáticos más recordados fue aquel que protagonizó el extinto relator Alberto Sonsol con el ex fiscal de Corte Jorge Díaz. Sonsol le recriminaba a Díaz algo que suena a secreto a voces en este país.

“Hay una Justicia para ricos y otra para pobres”. Díaz se ofendió en cámaras y muy mal parado quedó.

La gente se ha acostumbrado a asistir a juicios mediáticos donde se castiga el honor con el escarnio púbico en los medios y en redes. Pero si el indagado es alguien vinculado al poder jamás lo verá “entre rejas”. Salvo excepciones. Desde los Peirano hasta Penadés; pasaron 2 décadas y por algún fenómeno difícil de explicar “nadie va en cana”. ¿Qué ha pasado en el medio?

En fin. Vimos de todo. Vimos fundir 2 entes del Estado. Asistimos a la parodia de un remate trucho de aviones para favorecer a un empresario privado. Vimos mantener una regasificadora que durante casi una década dilapidó fortunas del erario público sin actividad pasada, presente ni futura comprobable. Vimos renunciar a un vicepresidente de la Republica y ser procesado sin prisión por unos colchones cuando todos sabíamos que lo que había detrás del caso era corrupción. Ni un día preso. Por tanto, entiendo el sentimiento de frustración de la gente que supo trasmitir Sonsol.

Se nos fueron delante de las narices más de mil quinientos millones de dólares sin que nadie enfrente ni diez minutos de cárcel. No importa hoy se trate de Caram o Valentina. Parece que aquí “nadie va preso si tiene padrino o algún buen abogado que pueda pagar”.

La impunidad en delitos contra el Estado vive y lucha y tal vez el que mejor pueda explicar esto sea el propio Dr. Díaz, “el padre de la criatura”. Y quizás también los partidos políticos que acompañaron su nuevo Código del Proceso Penal. Ese mismo que autorizó ese “dribbling” al Poder Judicial que significan los acuerdos abreviados y las “penas con precios que son una ganga” para que cualquier ciudadano con algo de instrucción y criterio repita con el queridísimo Sonsol: “Existe una justicia para pobres y otra para ricos”. Estamos a tiempo de corregirlo.

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