Libertad de expresión

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JUAN ORIBE STEMMER

El Concejo Vecinal de la Zona 5, Pocitos, aprobó por mayoría una Resolución donde se establece que "no se puede hacer comentarios públicos sin autorización del Concejo en calidad de concejal, se debe hacer a título personal, como así tampoco participar en eventos u opinar públicamente en los medios en nombre del mismo sin autorización expresa. Sobre lo único que se puede opinar es sobre lo resuelto por el Concejo, con previa autorización del mismo y debe haber una opinión única coincidente con lo resuelto en la Asamblea" (El País, viernes 27).

El antecedente de esa monada fue una entrevista radial realizada a un concejal municipal y dos concejales vecinales, donde se cometió el atroz error de hablar sobre los asuntos del barrio Pocitos. Podría suponerse que tales temas son una materia legítima para ser tratada públicamente por concejales vecinales. Sin embargo, informa El País, la entrevista despertó la ira funesta de algún otro miembro del Concejo Vecinal y desembocó en la Resolución mencionada.

El Concejo Vecinal de la Zona 5 tiene 25 miembros titulares y 38 suplentes. Su circunscripción abarca un área muy amplia y poblada: la comprendida entre Bulevar Artigas, la costa, el Bulevar José Batlle y Ordóñez, Presidente Oribe, Estivao, Demóstenes, Av. Dr. Luis Alberto de Herrera, Av. Ramón Anador, Av. Dr. Américo Ricaldoni y Lord Ponsonby.

Es posible debatir sobre la necesidad y los méritos de esos esfuerzos de descentralización municipal. En principio, son un esfuerzo para mejorar la gobernanza. Un intento para acercar a los vecinos a la autoridad gubernamental y viceversa. Una de las funciones de la buena gobernanza es mejorar la información sobre la gestión de las autoridades que recibe la sociedad, abrir la discusión, mejorar los controles y ventilar las ideas. Todo ello requiere transparencia y comunicación.

El propósito de la Resolución parecería ser asegurar lo opuesto. No se necesita ser muy astuto para ver que su resultado es imponer el dominio de la mayoría en el Concejo sobre las minorías.

¿Que sucedería si alguien, en la Junta Departamental, la Cámara de Diputados o el Senado, propusiese prohibirle a sus miembros, el "hacer comentarios públicos" en calidad de tales, sin autorización previa del órgano al cual pertenecen? Un proyecto de esa naturaleza sería reconocido como una moción mordaza y se lo rechazaría por unanimidad y con hilaridad. Basta leer la prensa o escuchar un informativo para ver que en el mundo real sucede exactamente al revés de lo que se pretende: cada edil, cada diputado, cada senador ejerce su legítimo derecho, incluso cumple con un deber, de hablar libremente, en su calidad de edil, diputado o senador, sobre los problemas de actualidad.

El funcionamiento de un órgano público está reglado por la Constitución y la ley. ¿Cuál es el fundamento jurídico de la Resolución del Concejo de la Zona 5? ¿En qué sección de su estatuto se le atribuye la competencia de limitar (o impedir) la libertad de expresión de sus miembros, establecida en la Constitución? No es una medida ilegal, es una decisión que sencillamente no existe y no puede tolerarse.

Pero, lo que más llama la atención es que esta belleza haya sido aprobada por uno de los Concejos Vecinales que, podría pensarse, representa a una de las zonas con el mejor nivel de educación de la ciudad.

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