@|Recientemente, por publicaciones del diario El País, hemos tomado conocimiento de varias sentencias, dictadas en vía de acción de amparo, que condenan al Estado a otorgar una vivienda a los demandantes, en un plazo perentorio que iría de las 24 a las 72 horas. En algún caso, los beneficiarios de estas sentencias serían usurpadores de predios, que también se habrían conectado ilegalmente para obtener energía eléctrica, por lo que incursionaron en el delito por partida doble.
En esa situación habrían sido objeto de accionamiento penal, en el curso del cual, entre otras consecuencias, se exponían a ser desalojados.
Aparentemente, tratando de evitar el desalojo y obtener una solución habitacional, los interesados acudieron a la vía de la acción de amparo, reclamando se condenara al Estado a que les entregara una vivienda, lo que les fue otorgado en vía judicial, en las antedichas condiciones de perentoriedad.
A la fecha, el Estado ha sido multado por incumplimiento de la obligación impuesta por la sentencia de amparo. Vendrán luego, probablemente, otras multas, accionamientos por desacato y eventualmente juicio por daños y perjuicios por no cumplir con lo resuelto.
El tema no es menor, por cuanto hay varios miles de personas en la misma situación, por lo que cabe esperar que en poco tiempo se produzca un aluvión de miles de demandas de este tipo. De prosperar esta línea jurisprudencial, quien quiera acceder a una vivienda no tendrá más que pedirlo ante los órganos del Poder Judicial, los que prontamente, cual traje de medida, harán lugar a lo solicitado.
No parece ser ésta una temática que pueda ser resuelta por el Poder Judicial ya que, claramente, no está comprendida dentro de sus atribuciones.
Por lo demás, las situaciones en esta materia no pueden resolverse individualmente, en función del mero requerimiento de los interesados, sino en aplicación de políticas de vivienda, basadas en la aplicación de normas de carácter general. La competencia en la materia corresponde al Poder Ejecutivo, quien deberá desempeñarse en el marco que determine la ley, la que fijará el alcance de estas políticas y su financiación.
Es evidente que estamos en presencia de un grueso error del Poder Judicial que, excediéndose de sus atribuciones, actúa fuera de su competencia, invadiendo la esfera de actuación de otro poder del Estado.
Por esta vía se genera una distorsión importante en el funcionamiento del gobierno, habida cuenta de la temática de que se trata, de la forma en que se la ha pretendido solucionar, de la rigurosidad que se impone al cumplimiento de los fallos y de que todo el asunto nos enfrenta a una hipótesis de cumplimiento imposible, dado que es evidente que ningún Estado está en condiciones de otorgar una vivienda a cada uno de sus habitantes y hacia ello vamos dadas las circunstancias.
Se está insinuando una novedosa corriente jurisprudencial, tan errónea como inconveniente, que no era dable esperar proveniente de tribunales de apelaciones, por su jerarquía y experiencia en el conocimiento y aplicación del derecho.
Si no fuera por la confianza que todos tenemos en la buena fe con que se desenvuelven nuestros tribunales, estaríamos pensando que se está procurando desestabilizar al gobierno.
Esta situación requiere una inmediata marcha atrás y un punto final. Es de aguardar una intervención urgente de la Suprema Corte de Justicia.