Irregularidades - Antel Arena

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@|Luego de haberse pronunciado la JUTEP respecto a los hechos ocurridos en relación a la obra del Antel Arena y aspectos relacionados, la dirigente política involucrada y su coalición de izquierda han pretendido centrar el problema en las diferencias entre los resultados de diversas actuaciones de análisis y verificación llevadas a cabo por profesionales de la contabilidad especializados en auditoría y prácticas afines (pericias, etc.).

Un primer aspecto a clarificar es que el examen de auditoría externa anual llevado a cabo hasta el 31.12.2019 por la firma PWC, tenía como objetivo sustancial validar la razonabilidad de la información contable presentada por la empresa, según las normas de auditoría generalmente aceptadas. Ello implicaba establecer la lógica en cuanto a presentación del patrimonio (activos y pasivos y sus componentes), del resultado del ejercicio (ingresos, costos y gastos y sus diferentes orígenes) y afines.

En ningún caso el trabajo realizado ni el informe emitido tenían que contemplar como preocupación central los aspectos formales de cumplimiento de la Constitución, de las leyes o de las normativas aplicables, del TOCAF, de las observaciones del Tribunal de Cuentas y similares, en tanto no tuvieran impacto numérico en los datos presentados. En el caso de la labor realizada por la firma ECOVIS URUGUAY, el objetivo estaba vinculado precisamente a la evaluación del proceso y de la gestión del proyecto, incluyendo aspectos económicos, legales, de negocios y similares.

Por esa razón, las conclusiones de los respectivos informes no tienen vinculación entre sí. No obstante, en el caso del informe de PWC sobre los estados al 31.12.2019 en las Notas 11.5 y 11.6 se deja constancia de una pérdida respecto al valor original de aproximadamente $ 1.735.015 miles, equivalentes aproximadamente a US$ 46, 5 millones al tipo de cambio de esa fecha. El impacto económico, financiero y patrimonial ya estaba reflejado.

Las principales conclusiones del informe de ECOVIS URUGUAY, según lo expresado por la JUTEP, refieren a apartamientos de los principios y normas éticas de la función pública, en un ámbito de análisis absolutamente diferente: carencia de presupuesto y plan de negocios, procedimientos de contratación indebidos, observaciones del Tribunal de Cuentas no contempladas, etc.

En definitiva, quienes están tratando de generar confusión al respecto, para desacreditar el último de los informes, no contemplan las bases profesionales aplicables a los distintos tipos de trabajos y atribuyen con mala intención una falta de objetividad a quienes lo elaboraron.

Si existen dudas, sería bueno que se llamase a especialistas independientes en estos temas, para dejar en claro que aquí no hay contradicciones sino análisis y verificaciones con objetivos diferentes y seguramente complementarios, a los efectos pertinentes a la JUTEP.

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