Gianella Aloise | Montevideo
@|El mismo impulsor de la aprobación de la ley de interrupción voluntaria del embarazo, que implica ni más ni menos que la muerte violenta de niños por nacer, expresó en declaraciones al diario El País, edición del 21 de enero de 2025, que la ley de aborto da “felicidad pública”.
Sostiene que la ley es un avance en términos de derechos. La sociedad uruguaya debe tener presente que matar no es un derecho. Que no hay consenso a nivel internacional que abortar sea un derecho. Esto fue expuesto claramente en la sentencia que sobre el caso “Beatriz c/ El Salvador” dictó en diciembre pasado la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
No es un derecho, matar no es un derecho, no es legal hacerlo. Por eso el artículo 2 de la ley de aborto, bajo el sumario “Despenalización”, establece que “La interrupción voluntaria del embarazo no será penalizada y en consecuencia no serán aplicables los artículos 325 y 325 bis del Código Penal, para el caso que la mujer cumpla con los requisitos que se establecen en los artículos siguientes y se realice durante las primeras doce semanas de gravidez”.
No existe tal “felicidad pública” que argumenta, salvo que involucre lo que expresaré aquí mismo. El Sub Secretario designado debería conocer (es médico), que las mujeres sufren la práctica de abortos, en forma inmediata, a mediano o largo plazo; el personal de la salud que interviene también sufre las consecuencias y las personas que la rodean, soportan y sufren las consecuencias de un aborto por parte de la mujer.
¿Qué felicidad pública puede haber entonces, cuando además de la muerte que se causa, hay infinidad de consecuencias que genera el aborto, que pueden llegar al suicidio y requerirán la atención reiterada de la Salud del país?
¿O será que se refiere a la felicidad pública del aborto como el alivio que puede producir a un estado no contar con habitantes débiles o enfermos? Y nosotros, ¿qué diremos a esto? Como mínimo: ¡qué pensamiento tan despreciable!
La sociedad uruguaya, que convive bajo normas de respeto a la vida humana (salvo la excepción mencionada antes), debe manifestar su repudio a las declaraciones del designado Sub Secretario de Salud Pública, eugenésicas, indignas, faltas de respeto a la vida del prójimo.