C.I. 981.580-4 | Montevideo
@|La prisión domiciliaria se prescribe en los casos en que el agresor deja de ser un peligro social. Por ejemplo, aunque un abusador sexual tenga 70 años no es aconsejable el regreso a la sociedad porque, como se sabe, se trata de una perturbación; y no porque un hombre sea impotente va a dejar de agredir.
Ya se probó con un caso en Alemania. Un hombre pidió ser castrado en forma química pero igual intentó agredir a una niña a la que mató para que no lo denunciara. O sea que la prisión no es y no debe ser un castigo sino una medida para prevenir y proteger a la sociedad.
Esto sin embargo no se aplica en todos los casos en Uruguay y no se entienden bien los argumentos.