*|Reiteraciones y afirmaciones del proyecto de inversión en trámite UPM 2.
Leyendo el editorial del pasado 13 de marzo, titulado “AFE, UPM y el ferrocarril”, el contenido del mismo expresa en forma tácita que el proyecto de inversión en cuestión, negociado entre el Poder Ejecutivo anterior al 2021 y la firma UPM 2, en el tema del Editorial, es totalmente disparatado, lo cual concuerdo en absoluto.
Pero lamentablemente no es lo único. Por el contrario, es un disparate como está negociado globalmente. Concuerdo que la inversión puede ser buena, pero sobre bases realistas y lógicas que cumplan las normas vigentes estipuladas. Pero éste no es el caso.
UPM 2 planificó su inversión y la está ejecutando con las ventajas, ayudas, etc. que siempre, salvo este caso, van por cuenta del inversor.
El Estado es el patrocinador y acomoda todos los temas relacionados al presente proyecto realizando toda la infraestructura inherente a las variables, localización, red vial, suministro de servicio, preparación del personal, convenios laborales, zona franca, escollera y depósitos portuarios, a la medida que el inversor requirió para ejecutar el emprendimiento. En otras palabras, conceptos básicos que siempre son de cargo del proponente.
Respecto al Ferrocarril, quizás una posible solución legal y técnicamente viable, es detener la obra del mismo. Responsabilizar en definitiva a UPM2; y que por la vía de la negociación directa o por fallo judicial, se haga cargo de la situación, obligándose a reparar y continuar además solucionando el tema de la obra en cuestión, en todos sus aspectos. Y dejar de lado la solución esbozada de una vía adicional de la Ruta 5. No puede ser que el Estado pague todo; no existe. Al margen de la erogación y adicional que implicaría.
Y refiriéndome al emprendimiento global, eliminar en una negociación todas las regalías otorgadas, responsabilizando a UPM2 de la negociación que llevó a la firma de un contrato totalmente improcedente. O sea, suspender la obra, llamar a renegociar y que en definitiva la obra siga adelante, pero sobre bases realistas de mutuo beneficio (Estado - Inversor).
Si no quiere negociar, recurrir, si es factible, a un Tribunal Internacional con autoridad, para revertir el contrato original y/o anular el contrato.