La LUC, los menores y el delito

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La presencia de menores o adolescentes cada vez más repetida en las actividades delictivas se ha convertido desde hace años en uno de los mayores desafíos de la sociedad uruguaya. 

El régimen vigente establece que a partir de los 13 años, los menores son pasibles de medidas punitivas que llegan a la privación de libertad por un plazo máximo de cinco años.

No es que se le considere imputable (el artículo 34 del Código Penal, promulgado en diciembre de 1933 establece para ello la edad de 18 años), pero su conducta puede ser sancionada en base a la responsabilidad penal juvenil. El proceso es tramitado ante una jurisdicción penal especial (Juzgados Letrados de Adolescentes) y el lugar de reclusión son centros especiales, fuera de la órbita de la Dirección Nacional de Cárceles.

De pique nomás, llama la atención la edad de imputabilidad: el legislador uruguayo de 1933 -hace 87 años- lo fijó en 18 años, que permanecen hasta hoy. El número podrá ser el mismo, pero la realidad social no es la misma. Ese fue uno de los principales argumentos del entonces senador Pedro Bordaberry para promover una reforma constitucional en las elecciones de 2014 para bajar la edad de imputabilidad a 16 años. No salió, pero obtuvo el respaldo del 48% de los votos de los uruguayos en una clara señal de que había muchos ciudadanos que querían cambios.

Ahora viene la Ley de Urgente Consideración (LUC). Sobre la base de que aquel plebiscito no prosperó, respeta su resultado y busca por otro lado fijar límites mayores a las conductas de los adolescentes que ingresan al mundo del delito Y lo hace duplicando las penas para el caso de los delitos gravísimos (homicidios: con brutal ferocidad, sicariato, femicidios, como un acto de discriminación, etc.; y determinado tipo de violaciones o casos de abuso sexual especialmente alevosos). Se establece un máximo de 10 años de condena para los adolescentes que incurran en estos delitos, pero obviamente que el tiempo de privación de libertad es fijado por el juez que interviene en la causa. La duplicación del máximo de la pena es una posibilidad, no una obligación.

La LUC también permite que, en determinadas circunstancias, se guarden los antecedentes delictivos de los menores, algo que actualmente se esfuma apenas llegan a la mayoría de edad. No importa que la foja de ilícitos como menores sea larga, proficua y grave; para la ley, al llegar a los 18 años, se borra todo y se transforma en primario si vuelve a delinquir. Ahora eso no ocurrirá.

La realidad marca que los menores o adolescentes se han convertido en grandes protagonistas de la vida delictiva, entre otras cosas por la cuasi impunidad que tienen para actuar.

Estas modificaciones a la legislación estaban incluidas en el Programa de Gobierno del Partido Nacional (“Uruguay seguro, transparente y de oportunidades”) y luego fueron incorporadas a las bases de la coalición republicana. Llamado a votar, el pueblo votó y cambió el gobierno después de 15 años exclusivos de Frente Amplio, mayorías parlamentarias automáticas y leyes votadas a carpetas cerradas.

La realidad marca que los menores o adolescentes se han convertido en grandes protagonistas de la vida delictiva, entre otras cosas por la cuasi impunidad que tienen para actuar. Y con el advenimiento del narcotráfico ha sido peor: reclutados rápidamente (“los perros de la droga”) y desde chicos hacen carrera en esas organizaciones.

En la alternativa de observar estoicos y sufridos cómo roban, rapiñan o matan; o de buscar mecanismos de autodefensa que sirvan para bloquear y enfrentar a los agresores, los ciudadanos optaron por esta solución (entre otras). Se terminó la cantinela de que la culpa de todo lo que pasa es de las políticas neoliberales que se aplicaron en el país. Pero, tampoco corresponde ahora imputar responsabilidades o echar culpas a las políticas asistencialistas mal manejadas (que las tienen y mucho). El pueblo, los ciudadanos, quieren soluciones, que se llamen las cosas por su nombre y que haya un cambio.

Guste o no guste, tiene razón el ministro del Interior, Jorge Larrañaga, cuando dice que “no podemos abdicar de las cosas que tenemos o podemos aplicar para establecer un mínimo de justicia, ante la impunidad que genera la aterradora visión del crimen con la participación de adolescentes que no son niños; son niños criminales en muchos casos”.

La Constitución de la República en su Sección de “Derechos, deberes y garantías”, establece en su artículo 7° en forma explícita que “Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad. Nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las leyes”.

Llegó la hora de cumplirlo.

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