Plaza Colonia: La razón por la cual Cristian "Cebolla" Rodríguez puede ser suspendido hasta cuatro partidos

Compartir esta noticia
Cristian "Cebolla" Rodríguez

TORNEO CLAUSURA

El volante fue denunciado al término del partido con Nacional por insultos y gestos obscenos. Enterate qué dice el código disciplinario sobre estas faltas.

La visita de Plaza Colonia a Nacional en el Gran Parque Central puede resultarle mucho más perjudicial que la simple derrota 2-1 en cancha; puede perder a Cristian "Cebolla" Rodríguez hasta por cuatro partidos y al delantero Renzo López por un par.

Ambos futbolistas, así como la parcialidad de Nacional, fueron denunciados luego del partido, por lo cual fueron instruidos, lo cual significa que todas las partes deberán hacer sus descargos antes de que haya un fallo. ¿Qué dice el código disciplinario al respecto de estas faltas?

Comisión Disciplinaria

Para Cristian Rodríguez y Renzo López

En el caso de los futbolistas, fueron denunciados por actitudes reprobables contra el público. A "Cebolla" Rodríguez se le tipificó "insultos" y "hechos inmorales" con público y o particulares. El futbolista habría hecho gestos obscenos a los hinchas de Nacional que se acercaron al alambrado para insultarlo cuando se retiraba del campo de juego.

El artículo 9 del Código Disciplinario hace referencia a "Infracciones y sanciones por comportamientos impropios de los jugadores y oficiales". El 9.8, referido a los insultos, "serán sancionados con suspensión por uno a tres partidos" Esta sería la pena para López (autor del gol), quien al no tener antecedentes seguramente reciba solo un juego de sanción.

Renzo López
Renzo López y su festejo de gol en el Parque Central. Foto: Estefanía Leal

El 9.9, en tanto, refiere específicamente a "quienes ejecuten actos obscenos o contrarios al pudor público". La sanción prevista en este caso, que sería el del "Cebolla", es de dos a cuatro partidos. Como las penas pueden ser añadidas, a Cristian Rodríguez le correspondería un mínimo de tres y un máximo de cuatro. Si bien tiene una expulsión en 2021, fue en febrero defendiendo a Peñarol y se consideran únicamente los últimos tres meses calendario (artículo 17.3, agravantes). Por lo tanto, a efectos de la consideración del Comité de Disciplina tiene la hoja limpia.

Nacional sí es reincidente

A Nacional sí le podría caber una multa económica, pues su parcialidad fue denunciada por insultos y salivazos a los futbolistas de Plaza cuando se retiraban del campo. Esto se enmarca en el artículo 5, "Responsabilidad objetiva de los clubes". Allí se explica el artículo 14 (Sanciones que se pueden imponer a los clubes", que prevé en el literal c la multa como paso siguiente al apercibimiento.

La institución ya fue advertida precisamente luego de la primera fecha, en ocasión que un parcial lanzó una bengala al campo de juego del estadio Goyenola, donde enfrentó a Cerro Largo.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar